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Decreto Supremo14905 Vigente

Decreto Supremo N° 14905

Presidencia del Estado Plurinacional
13 de septiembre de 1977

13 DE SEPTIEMBRE DE 1977 .- Apruébase las Ordenanzas Municipales Nos. 4/76 y 5/76 de 4/XI/76 de Alcaldía Mpl. de Camargo y autoriza la subasta pública de los terrenos del radio urbano como consecuencia del desvío de la quebrada de Tota.

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49 años

DECRETO SUPREMO N° 14905

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la H. Alcaldía Municipal de Camargo, Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca, mediante Ordenanzas Municipales Nos. 4/76 y 5/76 de fecha 4 de noviembre del año en curso ha declarado de propiedad Municipal los terrenos ganados en la quebrada de Tota como consecuencia del desvío del río que pasa por esa población, disponiendo su enajenación para construcción de viviendas particulares;

Que Para resarcirse de los gastos que demostro la modernización del muro de contención, así como la remodelación del edificio Municipal y otras reparticiones estatales, es conveniente la venta de los mencionados terrenos que se encuentran dentro del radio urbano;

Que, siendo de beneficio para la Comunidad, los objetivos señalados, es deber del Supremo Gobierno coadyuvar esos loables propósitos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1

Apruébase las Ordenanzas Municipales Nos. 4/76 y 5/76 de fecha 4 de noviembre del presente año pronunciados pora la H. Alcaldía Municipal de Camargo, Provincia Nor Cinti, Departamento de Chuquisaca.

Artículo 2

Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Camargo, la enajenación en subasta pública de los terrenos que se encuentran dentro del radio urbano como consecuencia del desvío de la quebrada de Tota previo loteamiento.

Artículo 3

Los fondos a recaudarse deberán ser utilizados en la remodelación, modernización del edificio Municipal y de otras reparticiones estatales, con la intervención del representante de la Contraloría Departamental.

El señor Ministro del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

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