22 DE SEPTIEMBRE DE 1977 .- Autorízase ai Banco Central conceder en favor de LAB un crédito puente por $us. 4.500.000.— y un aval por $us. 1.500.000.— para obtener ese financiamiento a través de INDEF.
DECRETO SUPREMO N° 14924
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Lloyd Aéreo Boliviano, en cumplimiento de su Plan Decenal, ha siscrito con la firma industrial norteamericana Eli Lilly International Corp., un contrato por el que la nombrada Empresa Nacional adquiere una aeronave marca Boeing, modelo 707 323C, matrícula norteamericana N° 309EL, serial de fábrica N° 18692, por la suma de $us. 4.700.000.00 previa autorización del Directorio del LAB mediante Resolución N° 09/77 de 30 de agosto de 1977,
Que, es deber del Supremo Gobierno de la Nación en su condición de accionista mayoritario del LAB, apoyar a su fortalecimiento y desarrollo constante a través de medidas adecuadas que Bolivia, por su situación de país mediterráneo, requiere como medio eficaz de transporte de carga internacional, destinado a agilizar las operaciones de importación y exportación del país.
Que, por otra parte, el LAB, desde enero del Presente año, ha incursionado en forma regular en el transporte internacional de carga, utilizando su aeronave B-727-100QC en versión completamente carguera, matrícula CP- 1070, con resultados operativos y económicos altamente positivos, por lo cual habiéndose incrementado notablemente la demanda de este tipo de servicios, tanto en el interior como en el exterior del país, se hace necesaria la adquisición de una aeronave de mayor capacidad para atender tales requerimientos crecientes.
Que, el estudio de factibilidad para la compra de la aeronave B-707-323C a Eli Lilly Internacional Corp., demuestra que dicha inversión se justifica en razón de que el servicio de amortización será atendido con la producción de la misma aeronave y a breve plazo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder en favor del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. un crédito puente por la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS 00/100 ($us. 4.500.000.00) por un plazo máximo de 90 días (NOVENTA DIAS).
ARTÍCULO 2.- Autorízase igualmente al Banco Central de Bolivia, conceder en favor del LLOYD AEREO BOLIVIANO S.A. un aval por UN MILLON QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS 00/100 ($us. 1.500.000.00) con destino a la obtención de ese financiamiento, a través del INDEF en las mejores condiciones de crédito, para cubrir parte del crédito puente autorizado por el Artículo anterior.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maese Roca.