29 DE SEPTIEMBRE DE 1977 .- Autoriza a Escuelas Radiofónicas de Boyvia (ERBOL) la adquisición directa (del material y equipo audiovisual, de la firma Bell & Howell Co. por $us. 2.141.69.
DECRETO SUPREMO N° 14945
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el memorial presentado por el Director del Programa de Educación Comunitaria y Radio (ECORA) y de Escuelas Radiofónicas de Bolivia (ERBOL), solicitando la adquisición directa de material y equipo audiovisual de la firma Bell & Howell Company, por la suma de $us. 2.141,69 (dos mil ciento cuarenta y uno 69/100 dólares americanos) como la consiguiente liberación de los derechos arancelarios, impuesto y recargo adicional, de la tasa acumulativa de servicios prestados y recargos referidos al levantamiento de rezago.
Que, mediante Decreto Supremo N° 14298 de 24 de enero de 1977, se ha aprobado el “Proyecto Educativo Integrado del Altiplano” preparado por los organismos del Ministerio de Educación, autorizando a dicho Ministerio gestionar por intermedio de los organismos pertinentes el crédito ante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);
Que, por otra parte, entre la oficina del Proyecto Educativo Integrado del Altiplano de Educación Primaria y Comunitaria, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura y Escuelas Radiofónicas de Bolivia (ERBOL), como organismo privado con personería jurídica aprobada según Resolución Suprema N° 391 de 25 de agosto de 1967, han firmado un contrato de prestación de servicios, que cuenta con la aprobación del Banco Mundial;
Que, la finalidad del contrato suscrito es la implementación por parte de ERBOL del Programa de “Educación Comunitaria y Radio” que constituye uno de los componentes del Proyecto Educativo Integrado del Altiplano de Educación Primaria y Comunitaria y que será cumplido por las partes en el Departamento de La Paz, en las provincias Omasuyos, Manco Kapac, Los Andes e Ingavi (cantón Viacha).
Que, en los anexos I, II y III correspondientes al presupuesto general de ERBOL por las gestiones de 1977 y 1978 consigna la adquisición de equipo y material audiovisual como de escritorio; cuyas adquisiciones deben ajustarse a las normas del numeral 1, punto A del Anexo 4 del Contrato de Préstamo suscrito con el Banco Interamericano de Recostrucción y Fomento y el Gobierno de Bolivia, consiguientemente procede expedir la norma legal pertinente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase a Escuelas Radiofónicas de Bolivia (ERBOL), la adquisición directa del material y equipo audiovisual de la firma Bell & Howell Company, por el monto de $us. 2.141.69 (dos mil ciento cuarenta y uno 69/100 dólares americanos), debiendo imputarse dicha adquisición al Avance de Cuenta BIRF/IDA N° J-4-400 del Presupuesto de la oficina del Proyecto de Educación Integrada del Altiplano, del Ministerio de Educación y Cultura.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La autorización precedente, queda liberada de los derechos arancelarios, impuesto adicional, recargo adicional del 3%, de los impuestos a la Renta Interna sobre ventas y Patente Municipal y 1% Pro-Desarrollo Noroeste. Dicha exención comprende la tasa acumulativa de servicios prestados por almacenaje y los recargos 3% y 5% por concepto de levantamiento de rezago y reconocimiento físico de la mercadería.
ARTÍCULO TERCERO.- La liberación que se concede está sujeta al pago de la tasa retributiva de servicios prestados, al uso de timbres del 10% sobre el monto y el 0,5% correspondiente a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros.
ARTÍCULO CUARTO.- El Ministerio de Finanzas concederá la exención liberatoria mediante resolución expresa, a la presentación de la documentación aduanera original legalizada en el país de procedencia y con los requisitos exigidos en el numeral 1, punto A del anexo 4 del Contrato suscrito entre el Estado y el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF). Deberá registrarse la compra en el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUCO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.