07 DE OCTUBRE DE 1977 .- Apruébase la negociación efectuada por el Servicio Ncl. de Caminos con las Empresas Consultoras Asociadas HIDROSERVICE ENGENHARIA DE PRG. JETOS LTDA. e Ingeniería Politécnica Americana (IPA) para supervisión del Proyecto Auto Pista La Paz—El Alto Por $us. 772.143.—.
DECRETO SUPREMO Nº 14962
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, por Resolución Suprema N° 168071 de 3 de julio de 1973, se adjudicó la supervisión del Proyecto "Autopista La Paz-El Alto" a las Empresas Consultoras Asociadas Forzest and Cotton de los Estados Unidos de Norte América e Ingeniería Politécnica Americana (IPA) de Bolivia;
Que, la Empresa Forrest and Cotton a tiempo de cumplir el plazo de su contrato el 31 de enero de 1977, manifestó su deseo de no continuar el mismo;
Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), organismo financiador del Proyecto, solicitó la participación de una Empresa Consultora extranjera:
Que, a tal efecto, fue invitada la Empresa Consultora brasilera HIDROSERVICE ENGENHARIA DE PROJETOS LTDA., a fin de proseguir la supervisión asociada con Ingeniería Politécnica Americana (IPA);
Que, fenecido el plazo para la entrega del mencionado proyecto en fecha 31 de diciembre de 1977, es necesario mantener la continuidad de los servicios de supervisión, a cuyo efecto corresponde dictarse el presente instrumento legal:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la negociación efectuada por el Servicio Nacional de Caminos con las Empresas Consultoras Asociadas HIDROSERVICE ENGENHARIA DE PROJETOS LTDA. e Ingeniería Politécnica Americana (IPA), para la supervisión del proyecto "Autopista La Paz-El Alto" por la suma de Setecientos setenta y dos mil ciento cuarenta y tres 00/100 Dólares Americanos ($us. 772.143.00),
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Director del Servicio Nacional de Caminos, para que, con intervención del señor Fiscal de Gobierno, en representación del Estado, suscriban los contratos respectivos con los personeros del la firma adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.
El señor Contralor General de la República refrendará el contrato respectivo.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adríázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.