07 DE OCTUBRE DE 1977 .- Autorizase al Servicio Ncl. de Caminos la compra directa de Arauco Prado & Cía. de una partida deinstrumentos y material de Topografía $us. 16.172.79.
DECRETO SUPREMO Nº 14967
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Servico Nacional de Caminos, tiene necesidad de adquirir una partida de instrumentos y material de Topografía, con destino a las labores específicas de la Gerencia Técnica de Caminos Vecinales y sus dependencias, de acuerdo a los términos del Convenio De Préstamo N° 511-T-056 de fecha 20 de septiembre de 1976;
Que, a tal efecto el Servicio Nacional de Caminos ha solicitado cotizaciones a tres firmas comerciales especializadas CORIMEX LTDA., CASA BERNARDO S.A. y ARAUCO PRADO y CIA. S.A. siendo la propuesta más conveniente la presentada por ARANCO PRADO y COMPAÑIA;
Que, dada la urgencia que se tiene de adquirir dicho instrumental topográfico, con carácter excepcional, es necesario autorizar mediante Decreto Supremo, su compra directa, disponiendo la liberación de impuestos, para dicha adquisición.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Servicio Nacional de Caminos, para que proceda a la compra directa de la Firma Comercial Arauco Prado y Compañía, de una partida de instrumentos y material de Topografía, hasta la suma de $us. 16.172.79 (DIEZ Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS 79/100 DOLARES AMERICANOS), FOB fábrica; más importe de fletes y seguros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Libérase de los derechos e impuestos aduaneros y tasas consulares con excepción del recargo del 1% Pro-Desarrollo del Noroeste Boliviano creado por D.S. N° 08004 de 19 de marzo de 1967; de la tasa de servicios prestados a que se refiere el D.S. N° 11186 de 23 de noviembre de 1973, la tasa del 0,5% de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros y el pago de timbres para la protocolización del Contrato en la Notaría de Hacienda, debiendo tributar el 10% en timbres sobre los montos liberados de conformidad con el inc. 1; párrafo 4° del Art. 3° del D.L. N° 14280 de 31 de diciembre de 1976.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.