07 DE OCTUBRE DE 1977 .- Por la urgencia de concluir las obras del Complejo Deportivo Fabril MANACO, adjudicadas por la Junta de Licitaciones de Min. Trabajo a Emp. Constructora E.T.C.O. Ltda. de Cochabamba, autorízase a dicho Ministerio a suscribirse un contrato adicional hasta $b. 1.647.213.— para la construcción de una cancha de fútbol reglamentaria.
DECRETO SUPREMO Nº 14976
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, ejecutando el programa de inversiones destinadas al logro del Plan Nacional de Equipamiento Social con las contribuciones pro-Sedes Sociales y Campos Deportivos, ha licitado y adjudicado las obras del Complejo Deportivo Fabril "MANACO" en la localidad de Quillacollo, departamento de Cochabamba.
Que, los trabajadores de la mencionada fábrica en forma reiterada han solicitado la complementación de algunas obras entre ellas la construcción de una cancha de fútbol reglamentaria dotada de las instalaciones adecuadas y la sustitución de las graderías inicialmente proyectadas por otras de hormigón armado.
Que, el pedido de los trabajadores ha sido atendido por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por tratarse de una obra cuya permanencia en favor de los trabajadores justifica plenamente la complementación y sustitución de algunos Items.
Que, a los fines previstos por el Decreto Ley N° 10125 de 2 de febrero de 1972, el Ministerio licitante requiere de una autorización legal expresa a los efectos de una ampliación de las obras y el aumento de precio del item referente a las graderías de madera de la cancha de fútbol, que será sustituído por graderías de hormigón armado.
Que, la Empresa adjudicataria ha presentado un presupuesto de obras complementarias en orden al cambio de graderías y ampliación de la cancha de fútbol, que será reglamentaria, con césped, sistema de drenaje y de riego, el mismo que ha merecido la aprobación de los organismos técnicos del Ministerio licitante.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Por la urgencia de concluir las obras del Complejo Deportivo Fabril "MANACO" ya adjudicadas por la Junta de Licitaciones del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a la empresa Constructora "E.T.C.O." Ltda. de la ciudad de Cochabamba, autorizar a dicho Ministerio a suscribir con la referida empresa un contrato adicional hasta el monto de $b. 1.647.213.- (UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TRECE 00/100 PESOS BOLIVIANOS) para la construcción de una cancha de fútbol reglamentaría, con sistemas de drenaje, césped, riego y demás instalaciones, así como la sustitución del item original de graderías de madera por otro de graderías de hormigón armado.
ARTÍCULO 2.- Los pormenores relativos a las características de las obras antes señaladas, plazo de ejecución y otros aspectos inherentes a los contratos de obra, serán contemplados en el respectivo contrato, en cuya suscripción intervendrá el Fiscal de Gobierno y el señor Contralor General de la República.
ARTÍCULO 3.- La erogación autirozada mediante el presente Decreto Supremo, será ejecutada con cargo al Presupuesto de Contribuciones pro-Sedes Sociales y Campos Deportivos administrado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.