07 DE OCTUBRE DE 1977 .- Autorízass al Comando de Ingeniería del Ejército, la adquisición directa de equipo y movilidades de las firmas INTERMACO por $us. 477.858.20 o su equivalente en $b. 9.738.756,23 y de Domingo Linale Ltda. por $us. 758.800.— o su equivalente en $b. 15.464.344.-
DECRETO SUPREMO Nº 14980
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por la necesidad que existe de concluir a la brevedad posible la construcción de los caminos Quiquibey-Puerto Salinas y Quiquibey - Yucumo, que unirán los departamentos de La Paz y Beni, es necesario autorizar la adquisición de equipo para la ejecución de las citadas obras por el Comando de Ingeniería del Ejército.
Que, se ha establecido que los precios del equipo, consistente en cinco tractores "Caterpillar" D7-G y veinte volquetas "Internacional" industria americana, son los mismos que los aceptados en anteriores licitaciones, hecho que determina la conveniencia de su adquisición;
Que, la citada maquinaria, será adquirida por el Comando de Ingeniería del Ejército, con cargo a sus fondos propios provenientes de trabajos en ejecución.
Que, por lo expresamente señalado y el fin de servicio público que se persigue, se exceptúa el cumplimiento de los requisitos de licitación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase con carácter de excepción al Comando de Ingeniería del Ejército, la adquisición directa del siguiente equipo:
"INTERMACO".- Cinco tractores marca "Caterpillar", modelo D7-G con motor diessel de 4 tiempos y 6 cilindros, con una potencia de 200 HP., 2000 RPM. al precio unitario puesto almacenes Aduaneros La Paz CIF. $us. 95.571.64 haciendo un total de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 20/100 DOLARES AMERICANOS ,$us. 477.858.20) o su equivalente en $b. 9,738.756,23 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS 23/100 PESOS BOLIVIANOS)
"DOMINGO LINALE LTDA."Veinte volquetas marca "International", al precio unitario puesto en Almacenes CIF, Aduana La Paz de TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 37.940.-), haciendo un total de SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS 00/l00 DOLARES AMERICANOS ($us. 758.800.-), o su equivalente en $b. 15'464,344.- (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 PESOS BOLIVIANOS) .
ARTÍCULO SEGUNDO.- La adquisición que autoriza en el artículo anterior será cubierta con fondos propios de la Cuenta "Comando de Ingeniería Construcción", Clave 9: 15 del Banco Central de Bolivia, debiendo suscribirse los contratos respectivos, conforme a disposiciones vigentes.
ARTÍCULO TERCERO.- Libérase a dicha maquinaria del pago de aranceles aduaneros, impuestos sobre ventas, impuestos municipales, departamentales, universitarios y actos notariales, como derechos consulares, del 10%, sobre montos liberados y recargos adicionales.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lehcín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.