31 DE ENERO DE 1978 .- Legalízese la modificación operada en el Convenio de Crédito suscrito el 27--VI—77 con la firma Leybold Heraeus dr: Alemania Federal,reconociéndose como monto autorizado de dicho crédito 3.000.000.— de Marcos Alemanes Occidentales.
DECRETO SUPREMO N° 15286
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 14333 de 7 de febrero de 1977, se autorizó al Consejo Nacional de Educación Superior (CNES) contraer créditos para atender las necesidades de reequipamiento de Laboratorios y centros de investigación de las diferentes Universidades de la República, habiéndose determinado que el Banco Central de Bolivia otorgue cartas de garantía en favor de las firmas Metrimpex de Hungría, Ley bol Heraeus de Alemania Federal e Intermed de Alemania Democrática, por un monto global de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS DIEZ 00/100 DOLARES AMERICANOS; ($us. 9.305.210.-);
Que, el Consejo Nacional de Educación Superior requiere de autorízacion para legalizar las modificaciones introducidas en el Convenio suscrito en fecha 27 de junio de 1977 con la firma Leybold Heraeus de Alemania Federal , hecho que implica enmendar la disposición del D.S. N° 14333 en el caso particular de dicha empresa, en lo relativo al monto del crédito como al tipo de moneda que regirá en el Convenio del préstamo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Legálizase la modificación operada en el Convenio de Crédito suscrito en fecha 27 de junio de 1977 con la firma Leybold Heraeus de Alemania Federal, reconociéndose como monto autorízado de dicho crédito la suma de TRES MILLONES 00/100 DE MARCOS ALEMANES OCCIDENTALES,
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia, otorgará el aval respectivo mediante Cartas de Crédito con sujeción a los montos que se especifican a continuación;
Metrimpex de la República Popular de Hungría por $us. 3.000.000.-.
Leybold Heraeus de Alemania Federal por DM.- 3.000.000.-.
Intermed de la República Democrática Alemana por $us. 5.060.397.-.
ARTÍCULO 3.- Se derogan las disposiciones contrarias al presente Decreto en lo relativo al Convenio de Crédito con la firma Leybold Heraeus de Alemania Federal y se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas de los Convenios suscritos con las firmas Metrimpex de Hungría e Intermed de la República Democrática Alemana.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de enero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Oscar Adriázola Valda, Guillemo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernándo Guillén Monje.