01 DE FEBRERO DE 1978 .- Libérase al Banco Central de Bolivia del pago de derechos arancelarios e impuestos a la importación de materiales de construcción, equipos, maquinaria para la construcción de su nuevo edificioi central en las calles Ayacucho y Mercado de La Paz.
DECRETO SUPREMO N° 15287
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es de interes nacional el crear un sustema adecuado de infraestructura en todos los niveles del territorio, especialmente en obras que trasunten un interés nacional del sector público central o descentralizado.
Que, tratándose de obras estatales debe buscarse la menor incidencia en los costos, procurando dentro los alcances con que cuenta el Estado, facilitar los medios que hagan posible esa rebaja.
Que, el Banco Central de Bolivia, en su condición de Instituto Emisor, es una entidad estatal autónoma, que de acuerdo con los Decretos Supremos Nos. 12155 y 13593 de fechas 31 de diciembre de 1974 y 20 de mayo de 1976, respectivamente, se encuentra autorízado para construir un nuevo edificio que cuente con todos los requerimientos para cumplir los fines que tiene encomendados por Ley.
Que, si bien los Decretos Supremos Nos. 08959 y 08986 de 25 de octubre de 1969 y 7 de noviembre del mismo año concordante con el Artículo 35° del Decreto Ley de 24 de octubre de 1972, prohiben otorgar liberaciones a favor de los sectores público y privado, en el presente caso tratándose de la construcción de un edificio destinado al sector financiero del país, centro y motor de la económia nacional procede su excepción.
Que, la liberación de derechos arancelarios é impuestos a la importación, en obras estatales, se mantiene dentro el equilibrio de ingresos y egresos sin ocasionar una disminución de las rentas nacionales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se libera en favor del Banco Central de Bolivia del pago de los derechos arancelarios é impuestos a la importación de materiales de construcción, equipos, maquinaria, con destino y uso exclusivo en la construcción de su nuevo edificio central, que se construye en el terreno ubicado entre las calles Ayacucho y Mercado de la ciudad de La Paz, de acuerdo al siguiente detalle:
1/75-A Construcción
I T E M | M A T E R I A L E S
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IMPERMEABILIZACION HORMIGON ACERO PISOS REVESTIMIENTOS CIELOS ALUMINIO VIDRIOS QUINCALLERIA ITEMS ESPECIALES INSTALACION SANITARIA INSTALACION ELECTRICA INSTALACION ELECTRICA | Ironite Imprimidor – Cartón Aditivo Acero Corrugado – alta resistencia Malla de Acero – Electro Sold. Cable Postensado Vigas armadas – Perf. Normales Anclajes Mens. Pern. Rubertile (incluye zócalos) Cerámica (incluye zócalos) Alfombra Carborundum Azulejos Perfiles Carp. de aluminio Vidrios y Plexiglas Visagras y Chapas Varios Fierro Galvanizado Cobre Fierro fundido y PB. Art. Sanitarios y Accesorios Cajas de Inspección Equipo de Bombeo Aisl. de Tubería Conduits caja y conectores Accesorios Tableros Equipo Generador Pararrayos Control de gradas Traducc. simultánea Alarma contra incendios Relojería Central Teléfonica (incluye teléfonos) Transformador
8/75 A Calefacción y Aire Acondicionado
I T E M Nº | C O N C E P T O E Q U I P O S Y M A T E R I A L E S
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2/75A 10001 a 10009 10010 – 10017 10100 – 10151 10122 – 10128 10129 – 10136 10137 – 10142 10143 – 10147 10148 – 10151 10400 10401 10402 – 10403 10500 10600 10650 | CALEFACCION Y AIRE ACONDICIONADO EQUIPOS.— Calderos generadores de vapor, reguladores y controles barométricos, tanque, petróleo, bombas, radiadores. EQUIPOS VARIOS Y ESPECIALIDADES Juntas dilatación, manómetros, termómetros uniones dieléctricas, válvulas de balanceo, válvulas del sistema de complemento. CAÑERIAS.— Cañeria radiadores, cañería calefacción, cañería sala de maquinas. ACCESORIOS CODOS TES REDUCCION EN RADIADORES REDUCCION EN COLUMNAS VALVULAS PARA RADIADORES VENTILACION ESTRACTORES RESILLAS CONDUCTOS CONTROLES TEMPERATURA AISLAMIENTO TERMICO — CAÑERIA RADIADORES CAÑERIA CALEFACCION AISLAMIENTO Y REVESTIMIENTO DE CONDUCTOS DE VENTILACION Y CAJA DE HUMO SUJECION INCINERADOR BILLETES ENPAQUETADOR DE BASURAS
3/75 – A Ascensores
3/75A 11100 11200 11300 11400 11600 11500 11700 | ASCENSORES Ascensores eléctricos para 18 personas 7 unidades. Ascensor eléctrico — 10 personas Ascensores eléctricos — Auditorium 20 personas — 2 unidades. Ascensor eléctrico de servicios 14 personas. Ascensor Hidráulico — Transporte dinero 1.000 Kg. Montapapeles Ascensor Hidráulico — 14 personas
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4/75 – A Cocina
4/75 – A 12200 12245 12246 12269 12268 12311 12400 12500 | COCINA EQUIPOS DE COCINA Ablandador carnes, sierra para carnes, triturador de desperdicios, etc. EQUIPOS CAFETERIA EMPLEADOS Refrigerador, sancochador, platero caliente, freidor profundo, campana, urna de café, fabricador de hielo, etc. EQUIPAMIENTO COCINA Combinación múltiple de cámaras frigorificas, pre-fabricadas, unidad de refrigeración para cámara de lacteos, estantería, cámara de refrigeración verduras, carnes, mesa fria de 3 compartimientos, compresas 1/75 HP., mesa caliente — 2 compartimientos con consumo de 1.700 w. EQUIPOS DE CAFETERIA Y COMEDOR DE EMPLEADOS Lavadora de vajilla, elevador de temperatura, dispensador de agua fria, calentador para pan, deslizador de bandejas, guía de tráfico, etc. COMEDOR EJECUTIVOS Freidor profundo, gabinete con campana integral, extractor de humo, tostadora, refrigerador, dispensador agua fria, batidora múltiple, etc.
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5/75 – A Seguridad y Correo Neumático
A.- EQUIPO FISICO B.- EQUIPO ELECTRONICO C.- CORREO NEUMATICO INT. | 1.- Puerta Bóveda 20" 2.- Puerta de emergencia de Bóveda 20" 3.- Puerta Bóveda 3/4" — 10" 4.- Puerta de emergencia de Bóveda 83/4" - 10" 5.- Puerta de almacén temporal circulante 6.- Puerta de seguridad, - Bóveda - Parqueo - P.B. Giros 7.- Puerta de Seguridad en Biblioteca 8.- Puerta a prueba de balas Pisos - Bóveda - Parqueo - P.B. Giros 9.- Ventanas a prueba de balas Pisos...... zz - Bóveda - Parqueo - P.B. Giros 10.— Puerta de Rejas 11.— Ventiladores de emergencia 12.— Esclusas de Seguridad 13.— Casilleros de Seguridad — Piso Bóveda Tipo: A—CI.— A.— b.— c.- 14.— Receptor de Paquetes 15.— Paso de Carretillas 16.— Compuerta B.R. 17.— Otros no detallados y periféricos a la Bóveda. 1.— Consola Central 2.— Sistema de vigilancia y comunicación 3.— Alarma de Bóveda 4.— Protección del Perímetro 5.— Protección contra asaltos 6.— Control de acceso 7.— Alarma contra incendios 8.— Alarma ultrasónica 9.— Sistema de recorrido 1.— Correo Neumático Interno
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ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia pagará: la tasa retributiva de servicios prestados según Decreto Supremo N° 11186 de 23 de noviembre de 1973. el 1% Pro-Desarrollo Noroeste creado por Decreto Supremo N° 08004 de 19 de mayo de 1967, el 10% en timbres sobre el importe liberado de acuerdo a Decreto Supremo N° 14280 de 31 de diciembre de 1976 y el 0.5% correspondiente a la Administración Autónoma de Almacenes, Aduaneros. En las partidas que corresponda los materiales y equipos trasladados a deposito particular, se aplicará lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 15205 de 20 de diciembre de 1977.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Finanzas otorgará la liberación dispuesta, mediante Resolución Ministerial expresa, a la presentación de los documentos originales legalidados y requeridos por la legislación aduanera en vigencia.
El señor Ministro de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernándo Guillén Monje.