01 DE FEBRERO DE 1978 .- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Adquisiciones de ENTEL en favor de la firma MITSUBISHI Corporation para provisión de equipos, materiales y servicios para la interconexión de la Cooperativa de Teléfonos de Sta. Cruz con el Sistema v Automático de Conmutación Telefónica de Larga Distancia de ENTEL por total Sus. 526.646.35. CIF Sta Cruz.
DECRETO SUPREMO N° 15390
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL ha sido encomendada por el Gobierno Nacional para ejecutar el plan fundamental de modernizar y ampliar los sistemas de telecomunicaciones del país de modo que le permitan prestar a la comunidad eficientes servicios nacionales e internacionales;
Que, para la ejecución de los proyectos comprendidos en la Primera Fase del Plan Nacional de Telecomunicaciones, el Banco Interamericano de Desarrollo concedió al Gobierno de Bolivia, el Crédito 328/SF-BO. que despues fue subrogado a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para el cumplimiento de dicho objetivo;
Que, dentro del Plan Nacional de Telecomunicaciones se ha establecido prestar la máxima cooperación a las Empresas Telefónicas establecidas en el país, en el presente caso, a la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de Santa Cruz- COTAS, para que adquiera equipos de interconexión por intermedio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones:
Que, el contrato de préstamo suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo N° 328/SF-BO, contiene estipulación concreta en el sentido que ENTEL podrá adquirir e instalar, previa autorízacion del Banco, los equipos de interconexión para las Empresas de Teléfonos de las ciudades de Oruro, Cochabamba, Santa Cruz y La Paz, de conformidad con los acuerdos firmados, con la aprobación del Banco, entre ENTEL y las citadas Empresas, considerando el valor de los equipos transferidos, más los gastos de instalación, en calidad de préstamos a estas últimas;
Que, es necesario autorízar a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones la suscripción de un contrato con la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de Santa Cruz- COTAS, en virtud del cual ENTEL, como entidad subrogante otorgue a COTAS el respectivo préstamo, más los gastos de instalación y servicios adicionales a mérito de la expresa autorización concedida por la entidad financiadora;
Que, con el financiamiento referido y en aplicación al Régimen Legal de Licitaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 10704 de 11 de junio de 1973, ENTEL convocó a Licitación Pública Internacional para la provisión de equipos y servicios destinados a la interconexión de COTAS y ENTEL, como parte del proyecto de implementación del Sistema Automático de Conmutación Telefónica de la Red Troncal de Microondas;
Que, en base al informe emitido por la Comisión Calificadora que evaluó las Propuestas presentadas por las firmas: PRAT Ltda., en representación de ERICSON DO BRASIL, Y MITSUBISHI Corporatión Tokio Japón y previa opinión favorable del Banco Interamericano de Desarrollo BID, La H. Junta de Adquisiciones, en su reunión de fecha 19 de agosto del año en curso, pronunció Resolución adjudicando el suministro a la firma MITSUBISHI Corporation Tokio, Japón, cuya propuesta contemplaba un precio total de $us. 551.727.00 y un plazo de entrega de catorce meses calendario a partir de la fecha efectiva del Contrato, recomendando a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, que durante la negociación del Contrato, trata de obtener una reducción del precio acorde con la disponibilidad existente en el Crédito del BID y, asimismo para que aminore el plazo de entrega;
Que, con esta facultad, ENTEL dentro de la nepociación efectuada con MITSUBISHI Corporatión sobre los términos del Contrato, logró que dicha firma acepte como precio del suministro y prestación de servicios la suma de $us. 526.646.35 que coincide con la cantidad de fondos disponibles dentro del Crédito 328/SF-BO, disminuyendo así el plazo de entrega a doce meses calendario despues de la fecha efectiva del Contrato.
Que, en cumplimiento de lo preceptuado por el D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, es necesario aprobar la referida adjudicación mediante la disposición legal correspondiente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba la adjudicación realizada por la H. Junta de Adquisiciones de ENTEL en favor de la firma MITSUBISHI Corporation para la provisión de equipos, materiales y servicios con destino a la interconexión de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de Santa Cruz de la Sierra con el Sistema Automático de Conmutación Telefónica de Larga Distancia de ENTEL, del Plan Nacional de Telecomunicaciones de Bolivia, de las características técnicas especificadas en el Informe Evaluativo de la Propuesta, por el costo total de $us. 526.646.35 (Quinientos veintiseis mil seiscientos cuarenta y seis 35/100 Dólares Americanos) CIF Santa Cruz.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones para que suscriba un contrato de préstamo en favor de la Cooperativa de Teléfonos de Santa Cruz-COTAS hasta un monto de $us.- 526,646.35 (Quinientos veintiseis mil seiscientas cuarenta y seis 35/100 Dólares Americanos) Este préstamo será restituido por COTAS de conformidad con los acuerdos del préstamo del BID 328/SF-BO, autorizados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO considerando el valor de los equipos transferidos, más los gastos de instalación, intereses y cargas financieras.
ARTÍCULO 3.- De acuerdo a los términos y condiciones acordados entre ENTEL y MITSUBISHI CORPORATION Tokio, Japón y, en aplicación a lo establecido en el artículo 31 del Estatuto Orgánico de ENTEL aprobado mediante Decreto Supremo N° 10793 de 6 de abril de 1973, libérase del pago de retención de tributos é impuestos nacionales, departamentales, municipales y Universitarios, así como de impuestos a la Renta de Empresas, impuestos y derechos arancelarios y aduaneros y derechos consulares de todo tipo en todos los documentos y procedimientos necesarios para la ejecución y cumplimiento del Contrato, como también para la provisión, importación, reexportación en su caso e instalación de los equipos, materiales e implementos inherentes al Contrato, obras y servicios, tanto del Contratista como de su personal extranjero contratado fuera de Bolivia, en ejecución de la presente disposición legal.
ARTÍCULO 4.- Autorízase a los señores Presidente del Directorio y Gerente General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, suscribir el Contrato correspondiente con la firma MITSUBISHI CORPORATION de Tokio Japón con intervención del señor Fiscal de Gobierno y las estipulaciones de seguridad que garanticen la correcta ejecución de dicha contratación. El señor Contralor General de la República, refenderá los respectivos contratos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el Primer día del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernándo Guillén Monje.