21 DE FEBRERO DE 1978 .- Aclárase el Art. 2° del Decreto 14150 en sentido de que el aval que debe conceder el Banco Central en favor del Bank of America, por el crédito que está otorgando a la H. Alcaldía Mpl. de La Paz, para adquisición de vehículos de DOMINGO LINALE, debe hacerlo por Sus. 270.806.— más intereses.
DECRETO SUPREMO N° 15328
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 14150 de 29 de noviembre de 1976, se aprobó la adjudicación otorgada por la Junta Municipal de Almonedas en favor de la Firma "Domingo Linale" para la adquisición de 4 vehículos recolectores de basura, un vehículo alzador de containers y 25 containers; como también se autorizó la utilización del crédito ofrecido por el Bank Of América para financiar esta adquisición, disponiendo además que, el Banco Central de Bolivia emita en favor de la entidad financiadora Carta de Garantía por el monto de la adquisición más los intereses respectivos;
Que, base a dicha disposición legal, la H. Municipalidad de La Paz, en fecha 7 de junio del presente año suscribió con el Bank Of América National Trust and Savings Association por intermedio de la Sucursal de dicho Banco en esta ciudad, un contrato de préstamo por $us. 270.306.- importe de la adjudicación efectuada a la firma "Domingo Linale";
Que, tanto el contrato de adjudicación como el de préstamo se los ha efectuado en Dólares Americanos en razón de que el origen de los recursos del crédito otorgado a través del Bank Of América provienen del exterior de la República.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Aclárase el artículo Segundo del Decreto 14150 en sentido de que el aval que debe conceder el Banco Central de Bolivia en favor del Bank Of América, por el crédito que está otorgando a la Honorable Municipalidad de La Paz, para la adquisición de vehículos efectuada a la firma “DOMINGO LINALE”, debe hacerlo por DOSCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS SEIS 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 270.306.-), más el importe de los intereses convenidos contractualmente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechin Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.