21 DE FEBRERO DE 1978 .- La Comisión de Negociación de la Industria Termhai de Vehículos y de Componentes que representará el Gobierno de Solivia en las reuniones con las 9 empresas que han presentado sus ofertas, funcionará bajo la presidencia del señor Ministro do Industria o alternativamente del Sr. Subsecretario de Industria y será constituido por representantes designados por los .Ministerios de Planeamiento y Coordinación, Defensa, Finanzas, Industria y el Comité de Evaluación.
DECRETO SUPREMO N° 15332
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que. mediante Decreto Supremo N° 13315 de 16 de Enero de 1976 se ha autorizado la invitación a empresas a fin de que presenten ofertas para la implementación de la industria terminal de vehículos y de componentes aprobando las bases y condiciones generales como instrumento que normará la adjudicación y gestiones posteriores;
Que, habiéndose presentado seis empresas, se procedio a la evaluación y posteriormente se designó a los miembros de la Comisión de Negociación, mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 16881 y 17183 de 4 de Noviembre de 1976 y 10 de Febrero de 1977. respectivamente cuyas reuniones con los oferentes se instalaron en febrero de 1977 conviniendo con las empresas la necesidad de ampliar las ofertas con relación a la Propuesta modificada del Programa Automotriz del Grupo Andino y a las posibilidades de intercambio compensado y complementación industrial con terceros países;
Que, aprobado en definitiva el Programa Sectorial de Desarrollo de la Industria, Automotriz del Acuerdo de Cartagena, el Gobierno pidió a las empresas DAIMLER BENZ. FIAT VEHICOLI, CHRYSLER CORPORATION, GENERAL MOTOR, FORD MOTOR Co., TOYOTA BOLIVIANA que en sus ofertas estudien y comprometan la más completa participación de Bolivia en dicho programa:
Que, mediante Decreto Supremo N° 15118 de 18 de Noviembre de 1977 se ha autorizado la complementación y ampliación de las bases y términos de referencia otorgando facultades para que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo defina las condiciones de adjudicación de los contratos tomando en cuenta el nuevo marco de las asignaciones y Acuerdos Internacionales y los parámetros que se estimen convenientes al interés nacional;
Que en virtud de dichas facultades el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha recibido nuevas oferta de las empresas RENAULT GROUP NISSAN MOTOR Y MOTOR IBERICA, y dispuesto la evolución de éstas así como de las anteriores presentadas y complementadas;
Que, para proseguir las reuniones de negociación es pertinente conformar adecuadamente la representación del Gobierno, en razón de que algunos de los miembros designados han asumido otras responsabilidades, inclusive fuera del país, debiendo nominarse a expertos y técnicos que participan en el estudio y Programación de la Industria Automotríz otorgándoles las facultades inherentes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- La Comisión de Negociación de la Industria Terminal de Vehículos y de Componentes que representará el Gobierno de Bolivia en las reuniones con las nueve empresas que han presentado sus ofertas, funcionará bajo la presidencia del señor Ministro de Industria, Comercio y Turismo o alternativamente del señor Subsecretario de Industria y estará constituída por los representantes titulares y alternos que serán designados por los Ministerios de Planeamiento y Coordinación, de Defensa Nacional, de Finanzas, de Industria, Comercio y Turismo, y el Comité de Evaluación, respectivamente.
ARTÍCULO 2.- Las Fuerzas Armadas de la Nación, participarán en dicha Comisión de Negociación designando un representante que tendrá derecho a voz.
ARTÍCULO 3.- Dichos negociadores no minados mediante Resolución Suprema quedarán declarados en Comisión hasta que terminen las negociaciones y aprobación de contrato con las empresas adjudicatarias.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Industria, Comercio y Turismo, de Planeamiento y Coordinación, Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de Febrero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo; Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiróz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.