02 DE JUNIO DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Acción Cívica Ncl. con cargo a saldos de gestión anterior por $b. 2.170.000.— para su vigencia en la presente gestión fiscal.
DECRETO SUPREMO Nº 15515
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, Acción Cívica Nacional solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a saldos de gestión anterior, provenientes de entregas efectuadas por el Tesoro General de la Nación durante la gestión de 1977, recursos que al no haber sido utilizados en su oportunidad, se encuentran actualmente depositados en las cuentas corrientes Nos. 9-4 y 9-130 del Banco Central de Bolivia, arrojando un monto total de $b. 2.170.000.-
Que, dichos fondos requieren ser destinados a reforzar las diferentes partidas de los Proyectos 01 “Proyectos Especiales y Supervisión de Obras”, 02 “Nucleamiento de Fronteras” y 03 “Construcción Escuelas”, incluidos en su Presupuesto de Inversión de la gestión vigente.
Que, de conformidad a lo establecido por el Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo del presente año, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional incluyendo el detalle de Ingresos y Egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de Acción Cívica Nacional con cargo a recursos originados en saldos de gestión anterior, por la suma de DOS MILLONES CIENTO SETENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.170.000), para su vigencia al siguiente detalle:
CAPITULO DE INVERSION
Programa 01: INFRAESTRUCTURA SOCIAL
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | PRESPUPUESTO ADICIONAL 1978
---|---|---
I 5.- 5.2.- | NACIONALES Otros Saldos Gestión Anterior | 2.170.000.- 2.170.000.- 2.170.000.-
T o t a l: | 2.170.000.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Programa 01 infraestruc tura social | Proyecto 01: Proyectos Especiales y Supervisión de Obras | Proyecto 02: Nucleamiento de Fronteras | Proyecto 03: Construcción Escuelas
---|---|---|---|---|---
100 110 118.5.2 200 210 211.5.2 212.5.2 213.5.2 220 221.5.2 222.5.2 223.5.2 225.5.2 230 231.5.2 240 241.5.2 250 251.5.2 260 262.5.2 263.5.2 300 310 311.5.2 320 321.5.2 322.5.2 323.5.2 326.5.2 327.5.2 328.5.2 329.5.2 400 420.5.2 430 431.5.2 434.5.2 437.5.2 | SERVICIOS PERSONALES Empleados Permanentes Otros por Servicios Personales SERVICIOS NO PERSONALES Servicios Básicos Comunicaciones Energía Eléctrica y Agua Publicidad e Imprenta Servicio de Transporte y Seguros Pasajes Viáticos Fletes y Almacenamiento Seguros Alquileres Edificios y Terrenos Mantenimiento y Reparaciones Edificios y Equipos Servicios Profesionales y Comericales Médicos, Sanitarios y Sociales Otros Servicios No Personales Asignaciones Globales Otros Servicios No Personales MATERIALES Y SUMINISTROS Para Oficina Papelería y Suministros Varios Para Usos Varios Limpieza y Usos Domésticos Vestuario y Textiles Alimentos Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio Construcción y Edificación Accesorios, Respuestos y Heramientas Menores Otros Materiales y Suministros ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS Construcciones, Reformas e Instalaciones Maquinaria y Equipos Equipo de Oficina y Muebles Equipo Médico y de Laboratorio Otra Maquinaria y Equipo | 8.400.- 8.400.- 8.400.- 561.400.- 14.300.- 1.300.- 9.600.- 3.400.- 511.300.- 26.600.- 332.500.- 31.800.- 120.400.- 4.500.- 4.500.- 15.500.- 15.500.- 600.- 600.- 15.200.- 13.200.- 2.000.- 285.200.- 12.200.- 12.200.- 273.000.- 3.700.- 16.800.- 34.700.- 36.000.- 30.000.- 127.600.- 24.200.- 1.315.000.- 855.500.- 459.500.- 197.000.- 132.500.- 130.000.- | 8.400.- 8.400.- 8.400.- 431.200.- 14.300.- 1.300.- 9.600.- 3.400.- 385.600.- 26.000.- 206.800.- 31.800.- 120.400.- 15.500.- 15.500.- 600.- 600.- 15.200.- 13.200.- 2.000.- 216.600.- 12.200.- 12.000.- 204.400.- 3.700.- 16.800.- 9.700.- 36.000.- 30.000.- 84.000.- 24.200.- 197.000.- - 197.000.- 197.000.- | - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 68.600.- - - 68.600.- - 25.000.- - - 43.600.- 262.500.- - 262.500.- 132.500.- 130.000.- | - - - 130.200.- - - - - 125.700.- 125.700.- - - 4.500.- 4.500.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - 855.500.- 855.500.- - - - -
TOTAL | 2.170.000.- | 853.200.- | 331.100.- | 985.700.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Osear Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Gamacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.