11 DE JULIO DE 1978 .- Autorízase al Servicio Nal. de Caminos, proceder a la contratación directa en alquiler de la firma Rovel Ltda., del equipo de apoyo para la construcción de la carretera San Ignacio de Velasco-Concepción.
DECRETO SUPREMO Nº 15619
GRAL . HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, en mérito a un convenio suscrito entre el Servicio Nacional de Caminos y la Corporación Regional de Desarrollo, de Santa Cruz, se ha ejecutado la construcción de la carretera San José de Chiquitos-San Ignacio de Velasco en aquel Departamento.
Que, bajo los términos de dicho convenio, la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, ha entregado un lote de equipo pesado al Servicio Nacional de Caminos para que éste opere y construya la carretera indicada, proveyendo el equipo de apoyo necesario.
Que, el Servicio Nacional de Caminos no teniendo disponible el equipo de apoyo requerido, procedió a alquilarlo de la Empresa Rovel Ltda. y del Sindicato de Transportistas de la región.
Que al presente, a solicitud de la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, el Servicio Nacional de Caminos está empeñado en construir el tramo San Ignacio de Velasco-Concepción, contando para ello con el mismo equipo proporcionado por la Corporación.
Que para el efecto, el Servicio Nacional de Caminos necesita nuevamente el equipo de apoyo del que carece y debe por tanto alquilarlo.
Que, la Empresa Rovel Ltda., que concluyó a satisfacción del Servicio Nacional de Caminos el indicado tramo caminero San José-San Ignacio de Velasco, tiene dicho equipo concentrado en esta última localidad, el que puede ser alquilado por el Servicio Nacional de Caminos para proseguir con el tramo San Ignacio de Velasco-Concepción .
Que, con el alquiler de dicho equipo, se ahorra costos adicionales de traslado con el añadido de que, por la experiencia ya tenida con Rovel Ltda, se obtendrían las condiciones más convenientes para el Servicio Nacional de Caminos.
Que en consecuencia, existiendo justificativo de orden técnico y económico para autorizar la contratación directa de alquiler de equipo de apoyo y de traslado de ripio, que precisa el Servicio Nacional de Caminos para la referida obra, con el consiguiente ahorro de tiempo que demandaría una licitación, procede en vía de excepción emitir la disposición correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Servicio Nacional de Caminos, proceder a la contratación directa en alquiler de la firma Rovel Ltda., del equipo de apoyo para la construcción de la carretera San Ignacio de Velasco-Concepción .
ARTÍCULO 2.- Asimismo, se autoriza contratar con la misma Empresa Rovel Ltda. el transporte de ripio, desde la fuente de producción hasta el lugar de las obras.
ARTÍCULO 3.- Para ambos casos, se faculta al Servicio Nacional de Caminos proceder a la negociación de los costos de alquiler horario y el transporte por metro cúbico respectivamente hasta un monto total de $b. 10.000.000.- (DIEZ MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS), sólo por la gestión 1978.
ARTÍCULO 4.- Los recursos financieros para este fin, serán provistos por el Ministerio de Finanzas.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Hugo Bretel Barba, David Blanco Zabala, Fadrique Muñoz Reyes, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guido Vildoso Calderón, Guillermo Jiménez Gallo, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Ernesto Camacho Hurtado, Luis Cordero Montellano, Fernando Guillén Monje.