21 DE JULIO DE 1978 .- Apruébase las adjudicaciones de la Junta Especial de Adquisiciones del Min. Transportes, favor varias firmas para provisión de víveres y vestuario por total $b. 10.248.340.—.
DECRETO SUPREMO N° 15643
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Nacional de Ferrocarriles, dando cumplimiento al Decreto Supremo de 4 de agosto de 1940 y Artículo 31 del Decreto Supremo N°2348 de 18 de enero de 1951, relativos al régimen de abastecimiento é higiene y seguridad industrial, respectivamente, está obligada a mantener en sus pulperías artículos de primera necesidad y vestuario para su distribución entre el personal de sus trabajadores.
Que, para el cumplimiento de ambas obligaciones sociales, ha licitado la provisión de víveres para el segundo trimestre y vestuario para la gestión de 1978, y habiendo cumplido con todas las formalidades previstas por el Decreto Ley N° 15223 de 30 de diciembre de 1977, es procedente aprobar las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Adquisiciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil en sus reuniones de fechas 17 de marzo y 4 de abril respectivamente, como consta de las Actas Nos. 5/78 y 6/78, en favor de las firmas cuyas condiciones de calidad y precio son favorables a los intereses de la Empresa Licitante.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Adquisiciones del Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en sus reuniones de fechas 17 de marzo y 4 de abril de 1978, en favor de las siguientes firmas;
b) Vestuario: 5.000 juegos de overoles tipo jardi- nero al precio de $b. 177.50 el juego, adjudicado a la fábrica de confec- ciones "La Central", importe total. | | $b. | 887.500.00
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TOTAL GENERAL | $b. | 10.248.340.00
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ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizase al señor Gerente General de la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que con intervención del señor Fiscal de Gobierno, suscriba los correspondientes contratos con los representantes de las firmas adjudicatarias, estipulando las condiciones de pago, montos, cumplimiento y garantías conforme determinan las leyes que rigen la materia.
El señor Contralor General de la República refrendará dichos contratos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.