21 DE JULIO DE 1978 .- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la H. Alcaldía Municipal de Cliza, Prov. Tcnl. Germán Jordán, Depto. Cochabamba.
DECRETO SUPREMO N° 15662
GR AL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Cliza, Capital de la Provincia "Tcnl.
Germán Jordán" del Departamento de Cochabamba, ha presentado proyecto de
Ordenanza de Patentes e Impuestos, a consideración del Consejo Nacional de
Economía y Planificación.
Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y
Coordinación han elaborado informe y proyecto sustitutivo de la referida
Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable
Alcaldía Municipal de Cliza, Capital de la Primera Sección de la Provincia
"Tcnl. Germán Jordán" para la gestión de 1978, en sus siguientes 100 Items.
Item | D e t a l l e | Monto $b.
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MERCADO Y DEPENDENCIAS
1 | Sitiaje de venta de calzados | 2.-
2 | Sitiaje de venta de abarcas | 2.-
3 | Sitiaje de ponchos y mantas | 2.-
4 | Sitiaje de reparadores de calzados | 2.-
5 | Sitiaje de venta de helados en plazas y calles | 1.50
6 | Sitiaje de velas por cada cajón | 2.-
7 | Sitiaje de venta de desayuno | 2.-
8 | Sitiaje de venta de comida, arrollado y carnes frías | 2.-
9 | Sitiaje de vendedoras de añelina | 2.-
10 | Sitiaje de aldabones, hoces y cuchillos | 1.50
11 | Sitiaje de venta de frutas en el mercado, por camión $b. 20 | 2.-
12 | Sitiaje de venta de flores | 2.-
13 | Sitiaje de venta de maní | 2.-
14 | Sitiaje de venta de colchones de paja | 1.50
15 | Sitiaje de venta de chicharrón | 2.-
16 | Sitiaje de canastas, cola coyundas de goma y cuero | 1.50
17 | Sitiaje de venta de ganado carneado | 2.50
18 | Sitiaje de venta de taras | 1.-
19 | Sitiaje de venta de cebolla, locoto y tomates | 2.-
20 | Sitiaje de venta de cohetes, arroceras y plataneras | 1.50
21 | Sitiaje de venta de mote y queso | 1.50
22 | Sitiaje de venta de ají | 2.-
23 | Sitiaje de venta de chancaca | 2.-
24 | Sitiaje de venta de pan | 1.00
25 | Comerciantes en tomates por cajón | 2.-
26 | Cebolleras | 1.-
PLAZA DE GANADO EN GENERAL
27 | -Ganado vacuno al vendedor y comprador por cabeza | 8.-
28 | Ganado porcino al vendedor y comprador por cabeza | 6.-
29 | Ganado lanar al vendedor y comprador por cabeza | 3.-
30 | Ganado caballar al vendedor y comprador por cabeza | 5.-
PLAZA DE SOMBREROS DEL PAIS
31 | Sitiaje de venta y reventa de sombreros del país por unidad | 0.50
PLAZA DE MERCADERES Y MERCACHIFLES
32 | Sitiaje de mercaderes | 2.-
33 | Sitiaje de venta de hilo | 1.50
34 | Sitiaje de mercachifles | 1.50
35 | Sitiaje de camiseras | 1.50
36 | Sitiaje de instrumentos de cuerda | 2.-
37 | Sitiaje de vendedoras de ropa usada y accesorios de ferretería | 1.50
38 | Sitiaje de venta de mantas, cortes y llijllas | 1.50
39 | Sitiaje de talegos y sombreros de hilo | 1.50
40 | Sitiaje de venta ce afrecho | 2.-
41 | Sitiaje de venta de semilla de alfa-alfa | 2.-
42 | Carpas de ferretería con accesorios importados | 2.-
PLAZA DE OLLAS
43 | Sitiaje de locería en general | 1.50
44 | Cántaros, virques grandes | 2.-
PLAZA DE LANAS Y CAITO
45 | Tejidos | 1.50
46 | Caito por cada libra | 0.75
47 | Comerciantes de lanas | 1.50
48 | Sitiaje de cueros de lana de oveja, cabra | 1.-
PLAZA DE OBJETOS FUNDIDOS Y MUEBLES
49 | Venta de peroles por unidad | 2.-
50 | Venta de puertas y catres por unidad | 1.50
51 | Sitiaje de mesa y sillas | 2.-
52 | Sitiaje de venta de bicicletas, accesorios y radios | 2.-
53 | Venta de pavos por unidad | 1.-
54 | Venta de gal inas, patos, conejos, pichones por unidad | 0.50
55 | Comerciantes de aves y huevos | 3.-
56 | Comerciantes de quesillos | 2.-
RESCATE DE CEREALES
57 | Comerciantes en papa por carga | 1.-
58 | Comerciantes en trigo por carga | 1.-
59 | Comerciantes en maíz por carga | 1.-
VENTA DE CHAMISOS Y MADERA
60 | Venta de chamisos por carga | 0.50
61 | Venta de astillas y virutas por camión | 8.-
62 | Sitiaje de timones y rejas | 1.-
63 | Venta de maderas por carga | 1.-
DERRIBO DE GANADO
64 | Derribo de ganado vacuno por cabeza | 4.-
65 | Derribo de ganado porcino por cabeza | 3.-
66 | Derribo de ganado lanar por cabeza Los cueros de derribo de res en la jurisdicción para el consumo público pertenecen en propiedad por Ley a la H. Municipalidad (Impuesto a la Corambre). | 1.-
67 | Inhumaciones en general de adultos | 30.-
68 | Inhumaciones en general de párvulos | 10.-
PLAZA DE MAIZ, PAPA Y TRIGO
69 | Transacciones comerciales en plaza de papas | 7.-
70 | Transacciones comerciales en plaza de maíz | 7.-
71 | Transacciones comerciales en plaza de trigo | 7.-
72 | Transacciones comerciales en plaza de cebada | 6.-
VENTA DE PUESTOS EN TODAS LAS PLAZAS ANUAL
73 | Venta de puestos en el mercado por metro | 20.-
74 | Venta de puestos en el mercado no especificados y en escala menor por metro | 10.-
75 | Venta de mesas en el mercado sección ganado vacuno, porcino por metro | 50.-
76 | Venta de mesas en el mercado sección ganado lanar | 40.-
77 | Venta de puestos alrededor del mercado, calle 6 de Agosto y otras por metro | 20.-
78 | Calles adyacentes al Item anterior por metro | 10.-
IMPUESTOS Y PATENTES
79 | Abogado | 50.-
80 | Matrícula de maratifes | 100.-
81 | Tiendas de comercio con artículos en general | 50.-
82 | Tiendas de venta de géneros en general | 50.-
83 | Agencias de calzados | 100.-
84 | Panaderías | 60.-
85 | Empresas funerarias | 50.-
86 | Pago por autorización y fijación de rasantes (construcciones) | 150.-
87 | Pago por autorización de instalación de agua potable | 150.-
88 | Pago por autorización de instalación de alcantarillado | 400.-
89 | Kioscos | 50.-
90 | Agencias de cerveza | 50.-
91 | Agencias de carburantes y combustibles | 50.-
92 | Venta de bebidas alcohólicas | 2.-
93 | Riña de gallos por cada vez | 10.-
94 | Bicicleterías | 50.-
95 | Hoteles, Bares, Restaurantes | 100.-
96 | Sitiaje de venta de alfa-alfa | 1.-
97 | Extracción de arena por cada camión o volqueta | 15.-
98 | Sitiaje de vendedores de coca | 2.-
99 | Sitiaje de venta de carbón | 1.50
100 | Rescate de carbón | 2.-
NORMAS GENERALES El ganado vacuno en tránsito por esta jurisdicción, para su
comercialización deberá acreditar la papeleta o boleto de pago de impuestos
sin cuyo requisito no será autorizada su salida. Los comerciantes que eludan
al pago de impuestos municipales y sean sorprendidos efectuando rescates
clandestinos de cereales en casas particulares, serán sancionados con multas
de un mil 00/100 pesos bolivianos a cinco mil (1000- $b a 5000- $b) según a la
cuantía de las operaciones comerciales.
ARTÍCULO 2°- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza,
no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación
ARTÍCULO 3°- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones
liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4°- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de
tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5°- Las Poblaciones Satélites dentro del radio urbano, que no tengan
los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentas del pago de tasas
municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6°- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares
del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y del Interior,
quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días
del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL FZA HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez
Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño
de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas
Salinas Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero
Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.