21 DE JULIO DE 1978 .- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la H. Alcaldía Mupl. de Huacareta, Prov. Hernando Siles. Dpto. Chuqisaca.
DECRETO SUPREMO N° 15668
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Huacareta, Primera Sección de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca, ha presentado proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo sobre la referida Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de Huacareta, Primera Sección de la Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca, para la gestión de 1978, en sus siguientes 4 Secciones y 50 Items.
1ra. | 2da.
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PRIMERA SECCION PATENTES PROFESIONALES 1 Constructores y albañiles 2 Sastres 3 Costureras y modistas 4 Plomeros y hojalateros 5 Herreros 6 Carpinteros PATENTES COMERCIALES 7 Comerciantes con más de 80.000.- de capital, anual 8 Comerciantes con capital de 50.000.- a - 80.000.- anual 9 Comerciantes con capital de 20.000.- a - 50.000.- anual 10 Comerciantes con un capital menor a 20.000.- anual 11 Comerciantes ambulantes por llegada 12 Comerciantes-ambulantes, sitiaje por día 13 Corredores y sitiaje para venta de comercio y otros por mes y por metro lineal 14 Farmacias y boticas 15 Pensiones y alojamientos 16 Restaurantes y bares 17 Billares y otros juegos no prohibidos 18 Internación de coca por tambor 19 Compra venta de tabaco por quintal 20 Extracción de naranjas por cada mil 21 Compra venta de maní por arroba 22 Compra venta de melazas y empanizado, quintal 23 Compra venta de ganado vacuno y extracción por cada cabeza 24 Compra venta de ganado porcino y extracción por cada cabeza 25 Compra venta de ganado, asnal, caballar y mular por cada cabeza SEGUNDA SECCION PATENTES INDUSTRIALES 26 Matrícula de panificación, por año 27 Compra venta de madera por tabla o tablón, por cada uno 28 Elaboración de chicha, por jornada 29 Alambiques y falcas de destilación dentro y fuera de radio urbano, por año | 100.- 50.- 50.- 20.- 80.- 50.- 400.- 200.- 100.- 80.- 20.- 2.- 10.- 50.- 200.- 200.- 100.- 10.- 5.- 5.- 5.- 5.- 20.- 6.- 10.- 20.- 2.- 40.- 300.- | 80.- 30.- 30.- 10.- 40.- 30.- 200.- 100.- 80.- 40.- -- -- -- -- 100.- 100.- 50.- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 200.-
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30 Fábrica de ladrillos y tejas, por cada mil . 31 Consumo de singani por fardos 32 Licores, aguardientes y otros de fabricación nacional, por botella 33 Internación de aguas gaseosas por fardo. 34 Matrícula de bares o restaurantes 35 Al expendio de bebidas en casas no inscritas como bares o restaurantes TERCERA SECCION OTROS PATENTES 36 Rasgos de cementerio por derecho de sepultura 37 Cines y representaciones teatrales por cada noche de función 38 En la plaza por c/mt. lineal a los solares no edificados 39 Dentro de 4 cuadras a la redonda partiendo de la plaza a los solares no edificado 40 Fuera de las 4 cuadras en el saldo de la población por solares no edificados dentro del radio urbano 41 Recargo a los solares no edificados dentro del radio urbano por incumplimiento al pago correspondiente 42 Patente de vehículos motorizados colectivos en circulación, anual 43 Camiones en servicio local y de transporte, por año 44 Teléfonos en servicio dentro el cantón en domicilios particulares CUARTA SECCION PATENTES VARIOS: 45 Derribe de cerdos p/cabeza 46 Por derribe de ganado vacuno el cuero queda en favor de la comuna 47 Registro de marca para ganados en general por dos años de validez, por cabeza 48 Derecho de timbres para trámites ante la H. Alcaldía Municipal 49 Aprobación de planos y permiso de construcción, línea y nivel 50 Multas: faltas varias de acuerdo al delito | 50.- 10.- 0.50 2.- 25.- 100.- 50.- 20.- 10.- 2.- 1.- 10% 100.- 100.- 10.- 8.- -- 1.- 4.- 20.- -- | -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- --
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ARTÍCULO 2°- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3°- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4°- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5°- Las Poblaciones Satélites dentro del radio urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de tasas municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6°- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las similares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finazas y del Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.
(FDO.) GRAL. FZA. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.