02 DE AGOSTO DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República pira Emp. Ncl. de Televisión, por $b. 6.324.000.— con cargo a Recursos del Tesoro Ncl. y vigencia en la presente gestión fiscal.
DECRETO SUPREMO N° 15696
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Nacional de Televisión requiere de un Presupuesto Adicional, con cargo a fondos del Tesoro Nacional por la suma de $b. 6.324.000.- Destinados a cumplir obligaciones en Servicios Personales y otras necesidades presupuestarias en los Grupos 200 "Servicios No Personales" y 300 "Materiales y Suministros".
Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, previo un exhaustivo análisis de requerimientos, se pronuncia en favor del referido Presupuesto Adicional señalado la necesidad de corregir sobregiros especialmente en el Grupo de Servicios Personales, por constituir obligaciones de importergable cumplimiento en la Empresa
Que, en consecuencia corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del Presupuesto Adicional, de referencia en la forma estatuída por el Art. 27 del D.L. No 15338 de 3 de marzo de 1978, incluyendo el detalle de ingresos y Egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para la Empresa Nacional de Televisión, por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6.324.000.-), con cargo a recursos del Tesoro Nacional y vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:
( En Pesos Bolivianos )
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto
Adicional
1 9 7 8
---|---|---
700 | TRANSFERENCIAS | 6.324.000.-
720 | Al Sector Público | 6.324.000.-
722 | Transferencias Corrientes por Subsidios o Subvenciones | 324.000.-
Administrativas Descentralizada | 6.324.000.-
3.- Empresas Públicas | 6.324.000.-
Televisión Boliviana | 6.324.000.-
Total: | 6.324.000.- ========
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Empresa Nacional de Televisión, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su aplicación al siguiente detalle de Ingresos y Egresos:
( En Pesos Bolivianos ) II
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto
Adicional
1978
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 1.564.000.-
110 | Empleados Permanentes | 1.240.000.-
13.4 | Bonificaciones | 1.240.000.-
120.4 | Empleados No Permanentes | 324.000.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 4.050.500.-
220 | Servicios de Transporte y Seguros | 489.700.-
221.4 222.4 230 | Pasajes Viáticos Alquileres | 282.300.-
207.400.-
3.016.600.-
231.4 233.4 | Edificios y Terrenos Otros Alquileres | 900.000.- 2.116.600.-
240 | Mantenimiento y Reparaciones | 300.000.-
241.4 | Edificios y Equipos | 300.000.-
260 | Otros Servicios No Personales | 244.200.-
263.4 | Otros Servicios No Personales | 244.200.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS, | 709.500.-
310 | Para Oficina | 200.000.-
311.4 | Papelería y Suministros Varios | 200.000.-
320 | Para Usos Varios | 509.500.-
324.4 | Materias Primas | 509.500.-
Total: | 6.324.000.- ========
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arce, Faustino Rico Toro, Angel Salmón, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Urhy, Jaime Larrazabal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.