22 DE AGOSTO DE 1978 .- Apruébase los contratos de Delegación de Personal para el Montaje y Puesta en Marcha de la Fundición de Estaño de Baja Ley en el Complejo Metalúrgico de Vinto suscritos por ENAF con Klockner por DM. 3.335.263.— y con Paul Bergsoe And Sons por DM. 1.682.785.—
DECRETO SUPREMO Nº 15742
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que dentro de la ejecución de la Política Nacional Metalúrgica, se encuentra en fase de construcción e instalación la Fundición de Estaño de Baja Ley dentro del Complejo Metalúrgico de Vinto con suministros proclamados por la empresa Klockner Industrie - Anlagen de la República Federal de Alemania y Paul Bergsoe & Sons de Dinamarca, los mismos que fueron autorizados mediante Decreto Supremo No. 12525 de 28 de mayo de 1975;
Que, dentro de las previsiones de los mismos contratos se conviene la firma de un Contrato especial para la supervisión del montaje y puesta en marcha de los equipos y maquinarias suministrados por los proveedores, aspecto importante para mantener las garantías de materiales y de rendimiento acordados en los contratos de suministro, conforme es usual en este tipo de negociaciones y de acuerdo a lo establecido en los anteriores contratos para plantas metalúrgicas en el país;
Que, en tal sentido, la Empresa Nacional de Fundiciones, ha acordado el respectivo contrato para la Delegación del Personal de dirección técnica del montaje y puesta en marcha con Klockner Industrie - Anlagen por la suma de DM. 3.335.263 y con Paul Bergsoe & Sons por la suma de DM. 1.682.785, cuyos contratos han sido aprobados por el Directorio de ENAF;
Que, estando acreditada la necesidad y urgencia de proceder a dichas contrataciones corresponde aprobarlos así como autorizar la extensión de las respectivas cartas de Garantía, con liberación de timbres y tasas por tratarse de una obra de interés nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase los contratos de Delegación de Personal para el Montaje y Puesta en Marcha de la Fundición de Estaño de Baja Lev en el Complejo Metalúrgico de Vinto suscritos entre la Empresa Nacional de Fundiciones y Klockner Industrie - Anlagen Gmbli por DM. 3.335.263 y con Paul Bergsoe And Sons por DM. 1.682.785.
ARTÍCULO 2.- De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Ley No. 14280 de 31 de diciembre de 1976, el Banco Central de Bolivia extenderá las respectivas Cartas de Garantía, exentas del pago de timbres por no constituir nuevas operaciones de crédito, previo pago del 4% sobre el monto de los contratos y el 1% por Actos Notariales.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Angel Salmón, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Urhy, Jaime Larrazábal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.