22 DE AGOSTO DE 1978 .- Apruébase la ampliación del contrato "Servicio Adicional (Ingeniero Soldador) en las mismas condiciones hasta la conclusión del tendido de la tubería Tuni- El Alto.
DECRETO SUPREMO Nº 15743
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado “SAMAPA”, suscribió el contrato adicional complementario (Ingeniero Soldador) de la escritura publica No. 40/75 extendida por ante Notario Don Angel Vásquez R. el 17 de febrero de 1975 para el control de soldadura en la tubería de acero a tenderse desde el embalse de Tuni-Condoriri hasta la planta de tratamiento de El Alto, el que fue aprobado por Decreto Supremo No. 13909 de 27 de agosto de 1976.
Que, no habiéndose concluído el tendido de la mencionada tubería, en el término de vigencia del aludido contrato, cuyo control de soldadura debe realizar el personal experto de la citada Consultora (hoy GITEC CONSULT GMBH), por el cambio de nombre), el H. Consejo de Administración autorizó a SAMAPA mediante Resolución No. RCA - 003/78 la ampliación del referido contrato, hasta la conclusión del tendido de la tubería Tuni - El Alto.
Que, en virtud del artículo 14 inc. d) del Decreto Ley No. 15338 de 3 de marzo de 1978, el Supremo Gobierno, debe aprobar mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la ampliación del contrato “Servicio Adicional (Ingeniero Soldador) en las mismas condiciones de su estipulación hasta la conclusión del tendido de la tubería Tuni - El Alto, debiendo cancelarse los salarios en la forma estipulada en la cláusula sexta del contrato principal, con cargo al crédito otorgado por el Gobierno de la República Federal de Alemania Occidental a través del Kreditanstalt Fur Wiederaufbaus, de los fondos destinados al Sub - Proyecto “Supervisión de Obras” previa suscripción del respectivo contrato entre los personeros de SAMAPA la firma Consultora y la Intervención del señor Contralor General de la República y del señor Fiscal de Gobierno.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Angel Salmón, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Urhy, Jaime Larrazábal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.