12 DE SEPTIEMBRE DE 1978 .- Autorízase al Comando Gral. de la Fuerza Aérea, adquiera de la firma Societe Nationale Industrielle "Aerospatiale" de Francia, 2 helicópteros SA 315 B LAMA, repuestos, equipos adicionales y asistencia técnica por total FF 8.099.000.—, con aval del Banco Central por FF. — 5.993.260.—
DECRETO SUPREMO Nº 15801
GRAL . JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, se halla empeñado en la renovación y modernización de su material de vuelo a fin de atender sus necesidades operativas, tendientes a coadyuvar al desarrollo nacional y defender su espacio aéreo;
Que, para solucionar este problema y previo estudio detallado del Estado Mayor de la Fuerza Aérea Boliviana, se ha visto la conveniencia de adquirir 2 helicópteros SA-315 B LAMA, ofrecidos por la firma Societe Nationale Industrielle “Aerospatiale” de la República de Francia, además de repuestos y equipos adicionales;
Que, la oferta de venta presentada por la firma Societe Nationale Industrielle “Aerospatiale” de Francia incluye el financiamiento del 47%, del precio del contrato con el interés del 8.8% anual en un plazo de 5 años, siendo necesario en consecuencia avalar dicho pago mediante carta de garantía bancaria en favor de SOCIETE NATIONALE INDUSTRIELLE “AEROSPATIALE” de Francia.
Que, no existiendo fondos presupuestados para el pago de impuestos arancelarios de transferencia, servicios prestados y otros relativos al financiamiento como a la importación de los indicados helicópteros y dada la urgencia de su adquisición, es procedente liberarla del pago de impuestos, sin perjuicio para el erario nacional;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea, para que con la intervención del Ministerio de Defensa Nacional y la Fiscalía de Gobierno, adquiera de la firma Societe Nationale Industrielle “Aerospatiale” de Francia, 2 helicópteros SA 315 B LAMA, repuestos, equipos adicionales y asistencia técnica por la suma total de OCHO MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL FRANCOS (FF. 8.099.000.-); debiendo concertarse por los organismos especializados de la Fuerza Aérea, las bases técnicas y condiciones del contrato de adquisición.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia extender aval, mediante carta de garantía en favor de Societe Nationale Industrielle “Aerospatiale” de Francia por el monto del 74% de la adquisición que importa la suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA FRANCOS (FF. 5.993.260) y sus intereses del 88%anual sobre saldos insolutos de acuerdo al plan de pagos a establecerse entre la firma proveedora y el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana por la compra de 2 helicópteros SA 315 B LAMA, repuestos, equipos adicionales y asistencia técnica. El Banco Central de Bolivia y el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, suscribirán el correspondiente contrato de garantía por el aval que se otorga, previas las formalidades, condicones y requisitos que deben convenir entre las partes.
ARTÍCULO 3.- El importe de la presente adquisición será imputado con cargo a los recursos propios, no presupuestarios, de la Fuerza Aérea Boliviana, generada por las operaciones de los helicópteros a adquirirse.
ARTÍCULO 4.- Se exenciona a la presente adquisición de todos los impuestos arancelarios, nacionales, departamentales y municipales sin excepción alguna, tanto a la importación como al capital movible, pagarés, así como del impuesto de timbres sobre escrituras y documentos de crédito, inclusive servicios prestados y el 10% sobre montos liberados, por tratarse de una adquisición destinada a una Institución de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Walter Castro Avendaño, Raúl Lema Patino, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montano, Guillermo Escobar Urhy, Jaime Larrazabal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.