15 DE SEPTIEMBRE DE 1978 .- Homológase los contratos firmados por la H. Alcaldía Mpl. de La Paz con la firma A. Bianchini Ingeniero S.A. de Barcelona para provisión de dos lotes de enrejado de malla gaviones y alambre galvanizado reforzado, por $us. 222.230.— y 265.310.— CIF Matarani equivalentes a $b. 4.533.492.— y 5.412.324 — respectivamente para obras de emergencia y rehabilitación que encara la Comuna Paceña.
DECRETO SUPREMO Nº 15817
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Decreto Supremo No. 13574 de 14 de mayo de 1974 con carácter de excepción sin necesidad de licitación pública, autoriza a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, adquirir malla de alambre, gaviones, material auxiliar como cañerías, mangueras, bombas de agua, etc., para la compactación, regado y drenaje para las obras que la misma disposición señala;
Que, en mérito a dicho Decreto Supremo y previo requerimiento de cotizaciones a las firmas Atlas Ltda., Fanda Ltda., Alpha Ltda. y Andina Ltda. se aceptó por ser la más conveniente a los intereses de la Comuna, la oferta directa de A. Bianchini Ingeniero S. A., firma productora de gaviones y enrejados, con residencia en Barcelona, España, por los precios CIF. Matarani de $us. 222.230.- y $us. 265.310.- equivalente a $b. 4.533.492.- y $b. 5.412.324.- respectivamente;
Que, en ejercicio a dicha facultad, en fechas 17 de junio de 1976 y 10 de marzo de 1977, luego de las formalidades del caso, fueron suscritos los contratos con la firma seleccionada para la compra de dichos materiales, siendo necesario su homologación para los efectos legales correspondientes;
Que haciendo uso del tratamiento de excepciones a las disposiciones legales que prohiben la concesión de franquicias aduaneras tanto al sector público como privado, procede la autorización por tratarse de adquisiciones que serán destinadas a obras de rehabilitación y de emergencia que encara la Comuna paceña, para evitar desastres en épocas lluviosas;
Que, de acuerdo al Art. 65o. del Decreto Ley No. 15223 de 30 de diciembre de 1977 y en razón al costo CIF. La Paz de la presente adquisición se precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Homológase en su integridad los contratos de fechas 18 de junio de 1976 y 10 de marzo de 1977, firmados entre los personeros legales de la H. Alcaldía Municipal de La Paz, Contraloría General de la República y Fiscal de Gobierno, con la firma A. Bianchini Ingeniero S. A., de Barcelona, España, parte la provisión de dos lotes de enrejado de malla gaviones y alambre galvanizado reforzado, por los precios CIF. Matarani de $us. 222.230.- DOSCIENTOS VENTIDOS MIL DOSCIENTOS TREINTA 00/100 DOLARES AMERICANOS) y $us. 265.310.- (DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a $b. 4.533.492. (CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS 00 /100 PESOS BOLIVIANOS) y $b. 5.412.324.- (CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO 00/100 PESOS BOLIVIANOS), respectivamente, con destino a las obras de emergencia y rehabilitación que encara la Comuna paceña, libre del pago de derechos arancelarios, adicional, recargo adicional del 3% creado por Decreto Supremo Nº 13362 de 14 de febrero de 1976, tasa acumulativa de servicios prestados e impuestos a la renta interna y municipal.
ARTÍCULO 2.- La importación precedente se halla sujeta al pago de la tasa retributiva de servicios prestados, 10% de uso de timbres sobre el monto liberado, el 1% pro Desarrollo del Noroeste y el 0,5% tributable a AADAA (Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros).
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Finanzas, a la presentación de la documentación original, debidamente legalizada en el Consulado de Bolivia en el país de origen procederá a extender la resolución liberatoria correspondiente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Walter Castro Avendaño, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar U., Jaime Larrazábal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.