15 DE SEPTIEMBRE DE 1978 .- Autorizase a Y.P.F.B. para que, mediante concurso de precios, por invitación a por lo menos tres firmas especializadas, adquiera los materiales y componentes complementarios de los equipos centrífugos a compresión accionados por turbina de gas, para la ampliación de la capacidad del Gasoducto Colpa-Yacuiba.
DECRETO SUPREMO Nº 15827
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, con objeto de dar cumplimiento a los Contratos de Provisión de Gas Natural firmados con la Empresa Gas del Estado de la República Argentina, YPFB debe ampliar la capacidad del Gasoducto Colpa-Yacuiba, habiéndose autorizado para el efecto, mediante D S. N° 15794 de fecha 11 de septiembre de 1978, la adjudicación de los respectivos equipos principales de la mencionada ampliación;
Que, la diversidad de componentes adicionales y materiales específicos complementarios, imposibilita su adquisición a través de un solo proveedor en los plazos y calidades requeridos;
Que, por la importancia económica del proyecto su conclusión y puesta en operación tienen carácter de urgencia;
Que, es deber del Supremo Gobierno otorgar las facilidades necesarias, para el cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el país;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, para que mediante el sistema de concurso de precios, por invitación a por lo menos tres firmas especializadas, adquiera los materiales y componentes complementarios de los equipos centrífugos a compresión accionados por turbina de gas cuya compra fue aprobada por D.S. N° 15794, para la ampliación de la capacidad de Gasoducto Colpa-Yacuiba.
ARTÍCULO 2.- Asimismo, autorizase a YPFB la suscripción de los correspondientes contratos con las firmas seleccionadas, de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo anterior.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Energía e Hidrocarburos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Walter Castro Avendaño, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escobar Uhry, Jaime Larrazabal L., Oscar Román Vaca, Gas ton Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.