19 DE OCTUBRE DE 1978 .- Apruébase ia adjudicación de la Junta de Licitaciones de CORPAGUAS, favor varias firmas para provisión de materiales por total $b. 22.586.283.77.
DECRETO SUPREMO Nº 15897
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que la Corporación de Agua Potable y Alcantarillado “CORPAGUAS”, con la autorización del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, ha convocado a Licitación Internacional, para Tuberías de diferentes diámetros de Asbesto-Cemento; P.V.C., rígido, Fierro Galvanizado y Fierro Fundido, así como accesorios destinados a la construcción de sistemas de agua potable en diferentes localidades del país;
Que, la indicada Licitación se encuadra a las condiciones del Convenio de Préstamo Nº 1324-BO firmado entre el Gobierno de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción Fomento (BIRF), que otorgó el financiamiento para la construcción de sistemas de agua potable a cargo de "CORPAGUAS" quien ha cumplido con las formalidades legales contenidas en el Decreto Ley Nº 15223 de 30 de diciembre de 1977, habiendo la Junta de Licitaciones de CORPAGUAS, mediante Acta de 23 de Agosto de 1978 adjudicado la provisión de materiales en favor de las firmas Monofort S.A.I.C., Toyota Boliviana Ltda., y Marín Hermanos Ltda.;
Que, los informes técnicos y demás antecedentes puestos a conocimiento del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, se evidencia que las adjudicaciones efectuadas en favor de las firmas indicadas, son las más convenientes por las ventajas y seguridades que ofrecen;
Que, en virtud del Decreto Ley Nº 15223 de 30 de diciembre de 1977, corresponde aprobar las adjudicaciones de la Licitación Nº 1/78 de acuerdo al monto;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de “CORPAGUAS”, en favor de las siguientes firmas:
Monofort S.A.I.C., Grupo Uno - Tuberías de Asbesto-Cemento Sub-Grupo a.a. al 1.6 por un valor CIF Aduana La Paz, de PESOS BOLIVIANOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO 60/100 ($b. 16.860.781.60.-).
Marín Hermanos Ltda., Grupo Dos - Accesorios de Fierro Fundido - Sub-Grupos 2.1 al 2.12 por un valor CIF Aduana La Paz de, UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO 15/00 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.893.471.15.-).
Toyota Boliviana Ltda., Grupo Tres - Tuberías y Accesorios de P.V.C., Sub-Grupos 3.14 por un valor CIF Aduana La Paz de, TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TREINTA Y UNO 02/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. - - - 3.832.031.02.-).
Estos precios incluyen fletes y seguros, importes que serán pagados por CORPAGUAS con fondos del Convenio de Préstamo Nº 1324-BO otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, autorizándose suscribir los respectivos contratos con sujeción al D.L. 15223 de 30 de diciembre de 1977, con la intervención del señor Fiscal de Gobierno y la refrenda de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Urbanismo y Vivienda y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Walter Castro Avendaño, Raúl Lema Patiño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Uhry, Jaime Larrazábal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.