14 DE NOVIEMBRE DE 1978 .- Créase una Comisión Ncl. de Conmemoración del Centenario de la Guerra del Pacífico que, con la Presidencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores, tendrá la misión de coordinar las iniciativas encaminadas a dar forma a los propósitos enunciados.
DECRETO SUPREMO Nº 15948
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el 14 de marzo del año 1979 ha de cumplirse el centenario de la ocupación de Antofagasta por fuerzas del ejército de Chile;
Que, de tal modo, sin previa declaratoria, inició las acciones de guerra contra Bolivia, en las que el país fue despojado de su litoral marítimo;
Que, corresponde a la Nación poner de relieve en aquella fecha cuanto atañe a la historia de esa agresión, para memoria de América y lección de las nuevas generaciones, ademas de rendir homenaje a las legiones de patriotas bolivianos que ofrendaron su vida a lo largo de la contienda, en defensa del sagrado suelo de la patria;
Que, es deber de los poderes públicos honrrar el recuerdo de sus héroes y perpetuarlo en el bronce y en la letra impresa;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Créase una Comisión Nacional de Conmemoración del Centenario de la Guerra del Pacífico que, con la presidencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto tendrá la misión de coordinar las iniciativas encaminadas a dar forma a los propósitos señalados en los considerandos de este Decreto, así como adoptar las providencias necesarias para su ejecución.
ARTÍCULO 2.- Integrarán la Comisión Nacional de Conmemoración del Centenario de la Guerra del Pacífico un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, uno del Ministerio de Defensa Nacional, uno del Ministerio de Educación y Cultura y uno del Ministerio de Finanzas.
ARTÍCULO 3.- Destínase la suma inicial de $b. 2.000.000.- (DOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS) para cubrir los gastos de las obras a realizarse.
ARTÍCULO 4.- Las oficinas de la Comisión Nacional funcionarán en el recinto de la Cancillería de la República.
Los señores Ministro de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de Noviembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Wálter Castro Avendaño, Ronald Mac Lean Abaroa, Jorge Tamayo Ramos, Humberto Cayoja Riart, Fernando Guillén Monje, Natalio Morales Mosquera, José Quiroz Antequera, Jorge Echazú Aguirre, Guillermo Escóbar Uhry, David Fernández Viscarra, Luis Kuramotto Medina, Lucio Añez Rivera, Luis F. Valle Q.