23 DE NOVIEMBRE DE 1978 .- Autorízase al Banco Central emitir una Carta de Crédito N° 12027/78 amparando la importación de 40.000 TM 5% mas o menos de trigo norteamericano, favor GARNAC CRAIN CO INC. de Nueva York, incrementando su valor de $us. 6.518.589.53 a $us. 6.592.148.59.
DECRETO SUPREMO Nº 15969
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación del Decreto Supremo Nº 15384 de 30 de marzo de 1978, la Junta de Almonedas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, dentro del programa de abastecimiento de trigo destinado al mercado de consumo interno, licitó y adjudicó la provisión de 40.000 toneladas métricas de trigo de procedencia norteamericana a la firma GARNAC GRAIN CO. INC., de Nueva York, cinco por ciento más o menos;
Que, por Decreto Supremo Nº 15472 de 19 de mayo de 1978, se aprueba la adjudicación efectuada por la Junta de Adjudicación del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para la provisión de las 40.000 toneladas métricas cinco por ciento más o menos en favor de la firma GARNAC GRAIN CO. INC, de Nueva York, representada en Bolivia por la firma SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL (SACI).
Que, el mismo Decreto Supremo autoríza al Banco Central de Bolivia, para que proceda a la apertura de la Carta de Crédito que ampara la importación del trigo adjudicado en sus valores costo y flete marítimo (CANDF) por la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 6.215.580.00):
Que, el puente ferroviario sobre el río "Agua Clara" en el territorio de la República del Brasil, derrumbó sus estructuras, situación que determinó la necesidad de postergar el segundo embarque de 20.000 TM. cinco por ciento más o menos de trigo de las 40.000 T. M. cinco por ciento más o menos adquiridas:
Que, dicha postergación de embarque importa en concepto de costo de financiamiento del valor CANDF un incremento de $us. 2.45 por T.M. y el 11% de intereses sobre el financiamiento otorgado para la operación por el proveedor.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, a proceder a la enmienda de la Carta de Crédito Nº 12027/78 que ampara la importación de 40.000 toneladas métricas cinco por ciento o más o menos de trigo de procedencia norteamericana, en favor de la firma GARNAC GRAIN CO, INC, de Nueva York, incrementando su valor de SEIS MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE 53/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 6.518.589,53/100) a SEIS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTIOCHO 59/100 ($us. 6.592.148,59) para financiar el costo definitivo más intereses de financiamiento del valor CANDF de 40.000 toneladas métricas cinco por ciento más o menos de trigo norteamericano.
ARTÍCULO 2.- La importación a que se refiere el presente Decreto Supremo, se regirá de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo de 19 de mayo de 1978.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Wálter Castro Avendaño, Ronald Mac Lean Abaroa, Jorge Tamayo Ramos, Humberto Cayoja Riart, Fernándo Guillen Monje, Natalio Morales Mosquera, José Quiróz Antequera, Jorge Echazú Aguirre, Guillermo Escobar Uhry, David Fernández Viscarra, Luis Kuramotto Medina, Lucio Añez Rivera, Luis F. Valle Q.