14 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Ncl. de Acción Social, con cargo a Recursos del Tesoro Ncl. por $b. 6.160.000.—, para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16009
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, dentro la ejecución de su presupuesto la Junta Nacional de Acción Social dependiente de la Presidencia de la República, ha visto limitados sus recursos, en virtud a las disposiciones del Supremo Gobierno en sentido de proceder a una nueva Reprogramación Presupuestaria lo que ha inducido a un desface en sus obligaciones contraídas.
Que, es deber del Estado, otorgar un soporte presupuestario que le permita cancelar sus obligaciones devengadas a fin de regularizar sus estados de cuentas dentro el presupuesto de la presente gestión fiscal.
Que, para estos casos la Ley Financial de 3 de marzo de 1978, prevé estos extremos, por disposición de su Artículo 27 a través de su Presupuesto Adicional, con cargo a los recursos del Tesoro General de la Nación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Acción Social, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de SEIS MILLONES CIENTO SESENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS (6.160.000.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
T o t a l : | 6.160.000.-
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El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.