14 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Libérase de impuestos a todos los contratos de compra venta de terrenos situados en Patata Ollería y Morro de Iquircollo en Quillacollo. Cochabamba en una extensión de 68.350 m2 a $b. 20.— por m2 al Comando Grai. del Ejército.
DECRETO SUPREMO Nº 16012
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, la Séptima División de la ciudad de Cochabamba, es el centro de estudios académicos, especialización y perfeccionamiento de los señores JJ. 00. y CC. de las Fuerzas Armadas de la Nación, quienes son destinados transitoriamente a dicha ciudad, careciendo frecuentemente de vivienda, por lo que se hace necesario dar solución a ese problema habitacional de carácter social;
Que, para este fin se tiene programada la compra-venta de terrenos que se encuentran ubicados en Patata-Ollería y Morro de Iquircollo, provincia Quillacollo, del Departamento de Cochabamba, habiéndose acordado entre los propietarios vendedores y el comprador Ejercito Nacional, un valor de plaza fijado en informe elevado por los señores Jefes de Catastro y Jefe del Plano Regulador de la H. Municipalidad de Cochabamba de fecha 19 de mayo de 1978, que ha sido aceptado por las partes a ser cancelado con fondos propios del Departamento V del Comando General del Ejército;
Que, para la efectivización de las compra-ventas ya acordadas entre partes, se hace necesaria la liberación de los impuestos de transferencia ya que esas adquisiciones tienen como finalidad la construcción de una Ciudadela Militar, en la que habitarán los oficiales que concurran a los diversos Institutos Militares del Ejército, en la ciudad de Cochabamba;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Libérase de Impuestos Fiscales, Departamentales y Municipales, todos los contratos de compra-venta de terrenos situados en Patata-Ollería y Morro del Iquircollo, de la provincia y ciudad de Quillacollo del Departamento de Cochabamba, en una extensión de 68.350 mts2 al precio de plaza acordado de VEINTE PESOS BOLIVIANOS ($b. 20.-) por metro cuadrado, al Comando General del Ejército, debiendo suscribirse las minutas correspondientes por los señores Comandante de la Séptima División del Ejército, Fiscal del Distrito y Contralor Departamental de Cochabamba.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.