14 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Autorizase a CORDEOR la contratación directa do una empresa consultora o consultores individuales para el estudio y verificación del estado de cuentas de las regalías a que tiene derecho el Departamento de Oruro.
DECRETO SUPREMO Nº 16015
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, dando cumplimiento al Convenio suscrito por el Gobierno en fecha 8/12/78 y la necesidad de establecer los montos reales que por concepto de regalías mineras debe percibir CORDEOR. corresponde adoptar las medidas pertinentes;
Que, a mérito del Convenio suscrito entre el Pueblo de Oruro, representado por su Comité Cívico y la Universidad Técnica de esa ciudad, se acuerda establecer la contratación de una empresa consultora ó auditora que tenga a su cargo el estudio y verificación del estado de cuentas de las regalías que adeuda el Tesoro de la Nación a la Corporación de Desarrollo de Oruro;
Que, dada la urgencia del mencionado estudio, no es posible dar cumplimiento a la Ley de Consultoría justificándose una autorización de excepción.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación de Desarrollo de Oruro la contratación directa de una empresa consultora o consultores individuales según las necesidades para efectuar el estudio y verificación del estado de cuentas de las regalías a que tiene derecho el Departamento de Oruro.
ARTÍCULO 2.- Las entidades que posean información sobre este particular, deberán proporcionar la misma, para la buena ejecución de este estudio.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.