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26 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Mpl. de Oruro, con cargo a Recursos Propios por $b. 4.331.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16031
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978 fué aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar al desarrollo económico y social del país;
Que, la suma aprobada para la H. Alcaldía Municipal de Oruro por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender las nuevas necesidades de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que la permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a Fondos provenientes de Recursos Propios.
Que, la H. Alcaldía Municipal de Oruro, ha superado el cálculo de ingresos programados para la presente gestión, contando al presente con mayores recursos que le permitirán desembolsarlos para la ampliación de la Avenida Cochabamba y reforzar algunas otras partidas que a la fecha resultaron insuficientes.
Que por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Municipal de Oruro a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1978 con fondos provenientes de Recursos Propios de la presente gestión fiscal por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 4.331.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón. Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.