26 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Mpl. de Oruro, con cargo a Recursos Propios por $b. 4.331.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16031
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978 fué aprobado el Presupuesto
Consolidado del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal,
con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así
como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar al
desarrollo económico y social del país;
Que, la suma aprobada para la H. Alcaldía Municipal de Oruro por el referido
Decreto Ley, es insuficiente para atender las nuevas necesidades de dicha
dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un
Presupuesto Adicional, que la permita solventar las obligaciones contraídas
con cargo a Fondos provenientes de Recursos Propios.
Que, la H. Alcaldía Municipal de Oruro, ha superado el cálculo de ingresos
programados para la presente gestión, contando al presente con mayores
recursos que le permitirán desembolsarlos para la ampliación de la Avenida
Cochabamba y reforzar algunas otras partidas que a la fecha resultaron
insuficientes.
Que por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del
Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se
determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional
solicitado por el referido servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía
Municipal de Oruro a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1978 con
fondos provenientes de Recursos Propios de la presente gestión fiscal por la
suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS
($b. 4.331.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
ALCALDIA MUNICIPAL DE ORURO
PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION DE SERVICIOS
FINANCIAMIENTO : RECURSOS PROPIOS
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Código | F u e n t e | Presupuesto Adicional 1978
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I | NACIONALES | 4.331.000.-
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2.- | Recursos Propios | 4.331.000.-
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T O T A L : | 4.331.000.-
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E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1978
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100 | SERVICIOS PERSONALES | 445.000.-
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110 | Empleados Permanentes | 350.000.-
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116.2 | Asignaciones Familiares | 250.000.-
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118.2 | Otros por Servicios Personales | 100.000.-
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130.2 | Previsión Social | 95.000.-
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Aporte Patronal FOMO (Creación) | 95.000.-
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200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 385.000.-
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240 | Mantenimiento y Reparaciones | 300.000.-
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241.2 | Edificios y Equipos | 300.00.-
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260 | Otros Servicios No Personales | 85.000.-
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262.2 | Asignaciones Globales | 80.000.-
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263.2 | Otros Servicios No Personales | 5.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 1.700.000.-
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310 | Para Oficina | 100.000.-
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311.2 | Papelería y Suministros Varios | 100.000.-
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320 | Para Usos Varios | 1.600.000.-
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327 | Construcciones y Edificación | 600.000.-
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328.2 | Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores | 1.000.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 241.000.-
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420.2 | Construcciones, Reformas é Instalaciones | 141.000.-
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430.2 | Maquinaría y Equipo | 100.000.-
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431.2 | Equipo de Oficina y Muebles | 100.000.-
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600 | RESERVAS | 1.000.000.-
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620.2 | Sociales | 1.000.000.-
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Reservas para beneficios Sociales | 1.000.000.-
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700 | TRANSFERENCIAS | 560.000.-
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710 | Al Sector Privado | 160.000.-
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711.2 | Pensiones, Donaciones y Premios | 150.000.-
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713.2 | Subsidios o Subvenciones | 10.000.-
720 | Al Sector Publico | 400.000.-
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721.2 | Transferencias Corrientes por Participación en Tributos | 4,00.000.- --------------
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2.- Instituciones Públicas | 400.000.-
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Comité de Obras Deportivas Departamentales | 400.000.-
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T o t a l : | 4.331.000.-
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Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Interior,
Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del
presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis
días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón,
Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón. Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis
Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López,
Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis
Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.