29 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcajdía Mpl. de Sucre con cargo a Recursos Propios por $b. 1.075.900.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16051
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante Decreto Ley Nº 15338 de 3 de Marzo de 1978, fué aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país;
Que, la suma aprobada para la H. Alcaldía Municipal de Sucre por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender las nuevas necesidades de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita; solventar las obligaciones contraídas con cargo a fondos provenientes de Recursos Propios;
Que, analizado el requerimiento formulado por la H. Alcaldía Municipal de Sucre, se establece que en su comportamiento de ingresos tendrá mayores recursos que los estimados, como se evidencia en los detalles de recaudaciones, haciéndose en consecuencia viable reforzar las obligaciones contraídas en las diferentes partidas de dicha Comuna;
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la H. Alcaldía Municipal de Sucre a fin de reforzar el presupuesto de la gestión de 1978 con cargo a Recursos Propios de la presente gestión fiscal por la suma de UN MILLON SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.075.900.-) de acuerdo al siguiente detalle:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1978
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400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 949.900.-
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420.2 | Construcciones, Reformas é Instalaciones | 949.900.-
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T o t a l : | 949.900.-
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Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón. Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.