29 DE DICIEMBRE DE 1978 .- Autorizase a la H. Alcaldía Mpl. de Cochabamba, que con carácter de excepción y por única vez, proceda a la adjudicación de los terrenos de su propiedad en las Villas "Alto Cochabamba", "Huayra Khassa Bajo", "Jeru salen" y "Solterito Alto" en favor de los asentados y sobre los cuales han construído sus viviendas previo pago del valor catastral
DECRETO SUPREMO Nº 16061
GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, las Juntas Vecinales y pobladores de las Villas "Alto Cochabamba", "Huayra Khassa Bajo", "Jerusalen" y "Solterito Alto" de la zona Sud-Este de la ciudad de Cochabamba, han solicitado al Supremo Gobierno, autorización para que la H. Alcaldía Municipal de aquella capital, adjudique en forma definitiva los lotes de terreno de su propiedad sobre los cuales gran parte del sector de la población, de menores recursos, se ha asentado y construído sus viviendas. Por otra parte, autorización para que la mencionada Comuna conceda a título gratuito tanto a la Junta Vecinal de Cerro Verde como al Ministerio de Educación y Cultura, los terrenos de su propiedad de la extensión superficial de 800 y 8.365 metros cuadrados ubicados en la zona de Cerro Verde, con destino a la construcción de un Centro Multifuncional y la instalación definitiva de la Escuela de Cerro Verde respectivamente.
Que, los asentamientos de un gran sector de la población en las indicadas zonas marginales de la ciudad de Cochabamba, obedece gran parte a sus menores recursos como también al déficit habitacional por el que atravieza el país, originando consiguientemente un delicado problema social, siendo necesario por consiguiente que los asentados cuenten con un título de traslativo de dominio que les permita ejercitar libremente sus facultades de disposición. Asimismo, que tanto la Junta Vecinal de Cerro Verde como la Escuela que lleva su nombre, cuenten con un inmueble propio que les permita cumplir con sus fines específicos de labor social y educativa.
Que, la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, ha manifestado su criterio favorable a estos requerimientos interpretando la política social del Gobierno Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, que con carácter de excepción y por única vez, proceda a la adjudicación de los terrenos de su propiedad ubicados en las Villas "Alto Cochabamba", "Huayra Khassa Bajo", "Jerusalen" y "Solterito Alto", en favor de los asentados y sobre los cuales han construído sus viviendas, a quienes previo pago del valor catastral se les extenderá la correspondiente minuta de transferencia.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza asimismo a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, ceder a título gratuito en favor de la Junta Vecinal de Cerro Verde y del Ministerio de Educación y Cultura, los terrenos de su propiedad de las extensiones superficiales de 800 y 8.365 metros cuadrados, ubicados en la zona de Cerro Verde con destino a la construcción de un Centro Multifuncional y la instalación definitiva de la Escuela de Cerro Verde respectivamente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón. Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.