12 DE ENERO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secretaría Gral. de Depor. tes y Juventudes de la Presidencia de la República, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, paira su vigencia en la presente gestión por $b. 615.000.—
DECRETO SUPREMO Nº 16107
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, la Secretaría General de Deportes y Juventudes dependiente de la presidencia de la República ha solicitado la aprobación de un Presupuesto Adicional para cumplir las diferentes obligaciones y compromisos contraídas hasta el mes de diciembre del presente año.
Que, analizada la anterior solicitud por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que la Secretaría General de Deportes y Juventudes, requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional a fin de cubrir los gastos de las necesidades expuestas. incluyendo el detalle de Ingresos y Egresos elaborado por la mencionada Dirección.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secreatría General de Deportes y Juventudes de la Presidencia de la República con cargo a recursos del Tesoro Nacional para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de SEISCIENTOS QUINCE MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 615.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
PROGRAMA 03 : Secretaría General de Deportes y Juventudes
CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO
RECURSOS : Tesoro Nacional
INGRESOS
(En pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Adicional
1978
I | NACIONALES | 615.000.-
1,- | Tesoro Nacional | 615.000.-
Total: | 615.000.-
EGRESOS
(En pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Adicional
1978
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 440.000.-
210 | Servicios Básicos | 40.000.-
213 | Publicidad é imprenta | 40.000.-
220 | Servicios de Transporte y Seguros | 50.000.-
221 | Pasajes | 50.000.-
250 | Servicios Profesionales y Comerciales | 100.000.-
252 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 100.000.-
260 | Otros Servicios No Personales | 250.000.-
262 | Asignaciones Globales | 250.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 25.000.-
310 | Para Oficina | 5.000.-
311 | Papelería y Suministros Varios | 5.000.-
320 | Para Usos Varios | 20.000.-
323 | Alimentos | 20.000.-
700 | TRANSFERENCIAS | 150.000.-
710 | Al Sector Privado | 150.000.-
711 | Pensiones, Donaciones y Premios | 75.000.-
713 | Subsidios o Subvenciones | 75.000.-
T O T A L : | 615.000.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.