26 DE ENERO DE 1979 .- Dispónese la entrega a la Corte Ncl. Electoral recientemente organizada, de todtos los muebles, máquinas, materiales de escritorio, vehículos ánforas y otros efectos que fueron traspasados a Min. Interior por la Corte Ncl. Electoral de anterior vigencia.
DECRETO SUPREMO Nº 16134
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Decreto. Ley Nº 16111 de fecha 19 de enero en curso, se ha designado el personal de la Corte Nacional Electoral, el mismo que ha sido posesionado con las formalidades prescritas por la Ley Electoral vigente;
Que, es necesario dotar al mencionado organismo de los bienes y útiles indispensables para su funcionamiento, utilizando los de la anterior gestión y que fueron depositados en custodia en el Ministerio del Interior, Migración y Justicia, así como en las Prefecturas Departamentales, con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 15739 de fecha 22 de agosto de 1978.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Dispónese la entrega a la Corte Nacional Electoral recientemente organizada, de todos los muebles, máquinas, material de escritorio, vehículos, ánforas y otros efectos que fueron traspasados al Ministerio del Interior, Migración y Justicia, por la Corte Nacional Electoral de anterior vigencia, según lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 15739 de 22 de agosto de 1978.
ARTÍCULO 2.- Igualmente se dispone que todos los muebles, máquinas, material de escritorio, ánforas y otros depositados por las Cortes Departamentales Electorales anteriores en las Prefecturas de Departamento, sean entregados a las nuevas Cortes Departamentales Electorales cuando se organicen y entren en funciones, así como los vehículos que fueron traspasados al Ministerio del Interior, Migración y Justicia.
ARTÍCULO 3.- La entrega de los efectos y bienes mencionados a sus nuevos destinatarios se hará bajo inventario y con intervención de la Contraloría General de la República, con las formalidades de rigor.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.