01 DE FEBRERO DE 1979 .- Modifícase el D.S. N° 16129 de 13—1—79 en sus Arts. 3° y 4° Autorízase al Banco Central otorgar a la H. Alcaldía Mpl. de La Paz, un crédito de $b. 66.937.493.60 equivalente a $us. 3.284.470 para el mismo fin señalado en el D.S. Nº 16129.
DECRETO SUPREMO N° 16138
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 16129 de 19 de enero de 1979, se autorízo a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, adquirir directamente maquinaría y equipo indispensable y de vital importancia para sus obras y necesidades de emergencia de la firma comercial INTERNATIONAL MICHENERY CO. (INTERMACO) hasta un monto de 3.284.470. dólares americanos, debiendo cancelar el 20 % al contado a la suscripción del contrato y el restante 80% en seis cuotas semestrales iguales, con un interés del 2.5% sobre el Libor y el aval del Banco Central de Bolivia;
Que, en consideración a la alta prioridad que merece la dotación de estos equipos a la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, el Supremo Gobierno ha visto por conveniente que el Banco Central de Bolivia provea los fondos necesarios, con recursos propios y en condiciones más favorables.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se modifica el Decreto Supremo N° 16129 de 19 de enero de 1979 en sus Artículos 3° y 4° en los siguientes términos:
“Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar a la H. Alcaldía Municipal de La Paz un crédito de $b. 66.937.498.60 (SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO 60/100 PESOS BOLIVIANOS). equivalente a dólares - - 3.284.470.- para el mismo fin señalado en el Decreto Supremo N° 16129, con un plazo de cinco años y el interés del 9% anual, debiendo convenir ambas instituciones las condiciones a estipularse en el contrato de préstamo correspondiente”.
ARTÍCULO 2.- Quedan vigentes los demás artículos del Decreto Supremo N°.- 16129 que no se oponen al presente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Gary Prado Salmón, Hugo Céspedes Espinoza, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.