01 DE FEBRERO DE 1979 .- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Sta. Cruz a invitar y negociar en forma directa con un mínimo de tres empresas especializadas en dirección, entrenamiento y asistencia técnica de plantas industriales de hilados de algodón pura cumplir estas funciones en la Fábrica de Hilados de Algodón instalada en el Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO N° 16140
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 13247 de fecha 31 de diciembre de 1975, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz actual Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, fue autorizado a instalar una Hilandería de Algodón;
Que, mediante Decreto Supremo N° 14296 de fecha 17 de enero de 1977, se autorizo la adjudicación a la empresa inglesa Platt Saco Lowell Limited para que construya e instale una planta industrial de Hilados de Algodón bajo un contrato “llave en Mano Integral” en el Parque Industrial de Santa Cruz de la Sierra;
Que, mediante Decretos Supremos Nos . 14960, 15069 y 15475 de fechas 7, 15 de octubre de 1977 y 23 de mayo de 1978 se autorizó la suscripción de los Convenios de préstamos con los Bancos Hill Samuel Co, Ltd. City Bank N.A. y EXIMBANK – N.C.N.B.,
Que, la Corporación mencionada requiere contratar de inmediato especialistas en dirección, entrenamiento y asistencia técnica (Management) de Plantas industriales de hilados de algodón durante el montaje y producción de su propia Fábrica de Hilados de Algodón.
Que, en la especie no se trata de servicios de Consultoría, por lo que no es aplicable la Ley de Consultoría, aprobada mediante Dcereto Ley N° 13964 de fecha 17 de septiembre de 1976.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz a invitar y negociar en forma directa con un mínimo de tres empresas especializadas en dirección, entrenamiento y asistencia técnica (Management) de plantas industriales de hilados de algodón para cumplir estas funciones en la Fábrica de Hilados de Algodón para cumplir estas funciones en la Fábrica de Hilados de Algodón instalada en el Parque Industrial de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
ARTÍCULO 2.- Asimismo autorízase a la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz a suscribir los contratos correspondientes sobre la base de honorarios a convenirse con intervención de los señores. Fiscal de Distrito y Contralor Departamental de Sta. Cruz.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, que queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.