16 DE FEBRERO DE 1979 .- Compleméntase el Art. 4° del D.S. 08987 de 7—XI—69 y se dispone el traspaso a Min. Relaciones de la totalidad del terreno de propiedad del Estado de 7.513.32 m2, ubicado en Av. Arce y las calles Fernando Guachalla ( prolongación) y Cap. Ravelo de La Paz, para coinstrucción de su nuevo edificio y áreas verdes.
DECRETO SUPREMO N° 16212
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, debido al incremento de las relaciones de Bolivia con las demás naciones del mundo y organizaciones internacionales, el actual edificio ocupado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto desde hace más de cuarenta años, afecta a la dignidad y decoro del país y resulta inapropiado para el desenvolvimiento de sus actividades.
Que, a fin de que dicha Secretaría de Estado desarrolle eficazmente los servicios a su cargo, es indispensable dotarle de las instalaciones adecuadas disponiendo la construcción de su nuevo edificio.
Que, el Estado es propietario de determinadas extensiones de terreno dentro del radio urbano de la ciudad de La Paz, como consecuencia de haberse incorporado a su dominio los bienes a los se refiere el Decreto Supremo Nº 08987, de 7 de noviembre de 1969.
Que, siendo prioritarias las necesidades del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto corresponde complementar la distribución de bienes dispuesta por el Artículo 4º de Decreto Supremo mencionado, mediante la transferencia en favor del mismo del predio ubicado en la Avenida Arce y las calles Fernando Guachalla (prolongación) y Capitán Ravelo de la ciudad de La Paz.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Complementándose el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 08987, de 7 de noviembre de 1969, se dispone el traspaso al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la totalidad del terreno de propiedad del Estado, o sea la extensión de 7.513.32 metros cuadrados, ubicado en la Avenida Arce y las calles Fernando Guachalla (prolongación) y Capitán Ravelo de la ciudad de La Paz, con destino a la construcción de su nuevo edificio y áreas verdes correspondientes.
ARTÍCULO 2.- La Fundación “Rosa Agramont vda. de Cusicanqui” procederá a la transferencia del predio mencionado en el Artículo anterior en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, mediante los instrumentos y demás formalidades legales, con intervención de la Contraloría General de la República y la Fiscalía de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- El traspaso a que se refiere el presente Decreto queda liberado de todo impuesto de transferencia.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Finanzas Educación y Cultura y Previsión Social y Salud Pública quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del este Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.