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Decreto SupremoN° 16224 Vigente

Decreto Supremo N° 16224

Presidencia del Estado Plurinacional
22 de febrero de 1979

22 DE FEBRERO DE 1979 .- En vía de excepción al D.S. Nº 13362 y D.L. 15223 de 14-II—76 y 30—XII—77 respectvamente, se aprueba los siguientes contratos: N° 57/77 de 31—III—76 firmado con AVTOEXPORT pa-para provisión 10 camiones volqueta por $us. 193.500.— o su equivalente $b. 3.943.530.— y N° 57/77—512—4 de 17—VIII-77 con AVTOEXPORT para provisión 10 Jeeps por $us. 35.000.— o su equivalente $b. 713.300.—

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47 años

DECRETO SUPREMO N° 16220

DECRETO SUPREMO N° 16224

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 11 de marzo de 1976 los Gobiernos de Bolivia y de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas han suscrito un Convenio sobre suministro de maquinaria y equipo, incluso equipo industrial;

Que, dentro la vigencia del Convenio antes mencionado, la Corporación Minera de Bolivia y Vsesojuznoje objedinenije Avtoexport de la ciudad de Moscú han suscrito los Contratos Nos. 57/77 de 31 de marzo de 1976 para suministro de 10 camiones volqueta Modelo MAZ-503A por la suma de $us 193.500.- ; 57/77-512-3 de 21 de febrero de 1977 para suministro de 10 camiones volqueta Modelo KRAZ-256B por la suma de $us. 396.500.- y 57/77-512-4 de 17 de agosto de 1977, para suministro de 10 unidades de vehículos tipo “Jeep” Modelo UAZ-469B por la suma de $us. 35.000.-

Que, de la misma forma que ha sido aprobado el Contrato Nº 57/77-512-3 mediante Decreto Supremo Nº 14823 de 18 de agosto de 1977 corresponde al Supremo Gobierno proceder con los contratos Nos. 57/77 a 57/77-512-4, en cumplimiento del Artículo 6º del Convenio de 11 de Marzo de 1976;:

Que, para la ejecución de sus planes de explotación y prospección minera, la Corporación Minera de Bolivia. debe implementar una infraestructura apropiada de vehículos de probado rendimiento por sus especificaciones técnicas como por las condiciones de precio:

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

En vía de excepción al Decreto Supremo Nº 13362 y Decreto Ley 15223 de 14 de febrero de 1976 y de 30 de diciembre de 1977 respectivamente, se aprueban los siguientes contratos:

1.Contrato Nº 57/77 de 31 de Marzo de 1976. suscrito con la firma AVTOEXPORT para la provisión de 10 camiones volqueta Modelo MAZ-503A por $us 193.500.- o su equivalente en moneda nacional al cambio oficial de $b. 20.38 son $b 3.943.530.oo (TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA 00/100PESOS BOLIVIANOS).
2.Contrato Nº 57/77-512-4 de 17 de agosto de 1977 suscrito con la firma AVTOEXPORT para la provisión de 10 unidades de los vehículos tipo “JEEP” Modelo UAZ-469B, por $us. 35.000 o su equivalente en moneda nacional al cambio oficial de $b.- 20.38, son $b. 713.300.00 (SETECIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS).

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de Febrero de mil novecientos setenta y nueve años.

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.

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