05 DE ABRIL DE 1979 .- Autorízase al Banco del Estado, obtener Un crédito hasta $us. —4.415.400.— del American Express Interna national Banking. Corp. de Nueva York, a través del Banco de Inversión Boliviano para ser otorgado en préstamo a la firma Gundlach S.A. para adquisición e importación de 220 omnibuses para venta a los afiliados a la Federación de Choferes 1° de Mayo de La Paz
DECRETO SUPREMO N° 16343
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA
MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, la Federación de Choferes “1º de Mayo” de la ciudad de La Paz, solicitó al Banco del Estado un crédito hasta por la suma de $us. 4.415.400.- para la adquisición e importación de 220 omnibuses a favor de sus afiliados, destinados a cubrir las necesidades del servicio en esta ciudad.
Que, a tal fin, el Banco Americano Express Internacional Banking Corp. de Nueva York, a través del Banco de Inversión Boliviano, ha ofertado un financiamiento directo al Banco del Estado por la suma indicada, la misma que, a su vez, seria otorgada en préstamo a la firma Gundlach S.A. para la adquisición e importación de los citados omnibuses y su posterior venta a crédito a los miembros afiliados a la Federación de Choferes “1° de Mayo”.
Que, tratándose de un sector laboral que cumple imprescindible labor de servicio a la comunidad, con carácter eminentemente social, justicia su incentivo por parte del Supremo Gobierno.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco del Estado, obtener un crédito hasta por la suma de $us. 4.415.400.- (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS) del American Express International Banking Corp. de Nueva York, a través del Banco de Inversión Boliviano por el plazo de cinco años y el interés del 12.½% anual, el mismo que a su vez será otorgado por el Banco del Estado en préstamo a favor de la firma Gundlach S.A. con destino a la adquisición e importación de 220 omnibuses, para su posterior venta a los miembros afiliados a la Federación de Choferes “1° de Mayo” de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 2.- El Banco del Estado, al conceder el préstamo en favor de la firma GUNDLACH S.A., establecerá las condiciones de plazo, intereses, amortizaciones y garantías, de acuerdo a sus propias normas y reglamentos, debiendo ejercer supervisión sobre la venta de los vehículos importados con dicho financiamiento a los miembros afiliados a la Federación de Choferes “1° de Mayo” de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 3.- El Instituto Nacional de Financiamiento y Banco Central de Bolivia, deberá tomar conocimiento y registro del crédito a otorgarse a favor del Banco del Estado.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz