10 DE MAYO DE 1979 .- Autorízase a Min. Finanzas, con carácter de excepción y con destino a los servicios de la Dirección Gral. de la Renta Interna, adquirir en forma directa un Jeep TOYOTA de la firma comercial Toyota Boliviana Ltda.
DECRETO SUPREMO N° 16367
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de la Renta Interna, organismo dependiente del Ministerio de Finanzas, requiere con carácter de urgencia de los servicios de un vehículo motorizado para uso de una de sus oficinas recaudadoras, siendo necesario para ello exceptuarla de los trámites que lo convocatoria a propuestas demanda en estos casos.
Que, si bien se halla prohibida la importación de vehículos en general, las necesidades de la Renta Interna, dadas sus específicas funciones en la recaudación de impuestos, rerclaman un singular tratamiento que es necesario atenderlo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, con carácter de excepción y con destino a los servicios de la Dirección General de la Renta Interna, adquirir en forma directa un Jeep marca TOYOTA de la firma comercial Toyota Boliviana Ltda.
ARTÍCULO 2.- El importe que demande la compra del vehículo deberá imputarse a la Partida Nº 433 “Equipos de Transporte, Tracción y Elevación” del Presupuesto vigente para esa repartición pública.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.) GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Botelho Gosálvez, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.