30 DE ABRIL DE 1979 .- Apruébase y ratifícale el Convenio de cooperación mutua sobre ejecución de un programa integral de salud pública en beneficio de la población Chiriguaua de Alto y Bajo Izozog, Provincia Cordillera Depto. Sta. Cruz de 17—X—78, suscrito con la Cruz Roja Suiza.
DECRETO SUPREMO Nº 16395
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA
MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, entre el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública de la República de Bolivia representado por su titular Dr. Oscar Román Vaca y la Cruz Roja Suiza representada por su Delegado Benno Glauser suscribieron en fecha 1 de octubre de 1978 un Convenio sobre entrenamiento de personal y prestación de servicios básicos de salud en el área rural de la Provincia Cordillera -población-Chiriguanos de la región denominada alto y bajo Yzozog-departamento de Santa Cruz;
Que, conforme a los términos del Convenio, la Cruz Roja de Suiza se compromete a financiar una programación que cumplirá los siguientes objetivos: a) desarrollar programas de formación de personal de nivel medio y básico, procedentes de las propias comunidades, en las cuales desarrollarán actividades primarias de salud, así como la organización de sus comunidades; b) consolidar los sevricios básicos de salud existentes en las distintas comunidades de su área y la plena participación de la comunidad poniendo énfasis en la Educación para la salud como un medio de factor de cambio; c) utilización máxima de los recursos humanos pertenecen al Ministerio así como a la Cruz Roja Suiza y a las Hermanas Dominicas de la Presentación.
Que, por otra parte, el Convenio en su cláusula décima Novena contempla la liberación del pago de impuestos y derechos arancelarios, adicional del 3%, impuestos a la Renta Interna y Municipales a la importación y adquisición de vehículos, equipo y suministros para utilización en el programa;
Que, por los beneficios que reportará a los intereses de la población boliviana del área donde se ejecuta el programa es conveniente la ratificación del mencionado Convenio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase y ratíficase el Convenio de cooperación mutua sobre ejecución de un programa integral de salud pública en beneficio de la población Chiriguana de la región de Alto y Bajo Yzozog de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, de fecha 17 de octubre de 1978 en sus veintiún cláusulas, suscrito entre el Gobierno de Bolivia y la Cruz Roja Suiza.
ARTÍCULO 2.- Libérase a la importación de una camioneta Toyota Land Cruiser Pick Up Modelo FJ 45LP donada para la utilización en el programa mencionado en el artículo anterior por la Cruz Roja Suiza, el pago de impuestos y de derechos arancelarios, adicional del recargo del 3%, tasas acumulativas, Impuesto a la Renta Interna y Municipal, excepto el uso de timbres del 10% sobre monto liberado, 1% Pro Desarrollo Noroeste Boliviano, derechos consulares, recargos 05% tributable a - AADAA.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Finanzas, otorgará la liberación dispuesta, mediante Resolución Ministerial expresa, a la presentación de los documentos originales legalizados y requeridos por el ordenamiento jurídico aduanero.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.