09 DE MAYO DE 1979 .- Modificase el Art. 1o. del D. S. 16287: Homológase el Convenio Bilateral entre la H. Alcaldía Mpl. de La Paz y COVIMA de 6—III—79 referente a permuta de terrenos de 562.120 m2, la cesión forzosa cíe áreas con 322.000 m2 y la transferencia de terrenos de COVIMA al Municipio paceño en compensación tributaria con 35.880 m2 en el Km. 10 del camino El Alto Viacha, con terrenos útiles de la Municipalidad de 562.120 m2. en Tilata, zona de El Alto.
DECRETO SUPREMO Nº 16419
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo No. 16287 de 21 de marzo del presente año, se ha homologado y aprobado en todas sus partes el Convenio Bilateral suscrito entre la H. Alcaldía Municipal de La Paz y el Conejo Nacional de Vivienda del Magisterio “COVIMA”, sobre permuta de terrenos útiles, cesión forzada de área y transferencia de terrenos en compensación tributaria, cuyas propiedades se hallan ubicadas en la zona de El Alto de La Paz;
Que, con posterioridad a dicho Decreto Supremo, por acuerdo de las partes contratantes y sobre todo, velando por los recíprocos interese de las Instituciones interesadas, se ha visto la conveniencia de modificar en parte los alcances del citado Convenio Bilateral, habiéndose realizado las gestiones pertinentes y culminado estas con un acuerdo modificatorio del fuera suscrito el 6 de marzo del año en curso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Artículo 1º del Decreto Supremo No. 16287, el mismo que dirá:
“Se homologa en todas sus partes el Convenio Bilateral celebrado entre la H. Alcaldía Municipal de La Paz y el Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio “COVIMA”, en fecha 6 de marzo de 1979, referente a la permuta de terrenos útiles con una superficie de 562.120 metros cuadrados; la cesión forzosa de áreas determinada por Reglamentos Técnicos Municipales, con una superficie de 322.000 metros cuadrados y la transferencia de terrenos pertenecientes a “COVIMA” en favor del Municipio Paceño en compensación tributaria con una superficie de 35.880 metros cuadrados, los mismos que se hallan ubicados en el kilómetro 10 en el camino a El Alto Viacha, costado derecho partiendo de El Alto, con terrenos útiles de la Municipalidad en una superficie de 562.120 metros cuadrados, situados en la región de Tilata, de la zona de El Alto”. ,
ARTÍCULO 2.- Se ratifican los demás artículos y disposiciones del Decreto Supremo No 16287 de 21 de marzo de 1979.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Urbanismo y Vivienda, de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.) GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Botelho Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luís Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.