09 DE MAYO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Educación para la Universidad Boliviana con cargo a fondos del Tesoro Ncl. por $b. 100 000.000. para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO Nº 16437
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, el acelerado crecimiento vegetativo de los organismos dependientes de la Universidad Boliviana han determinado mayores exigencias financieras en el Grupo de Servicios Personales de su Presupuesto vigente, por lo que es de imperiosa necesidad y urgencia otorgarle un soporte presupuestario extraordinario de $b.100.000.000.- destinados a cubrir el eventual déficit el 31 de diciembre del presente ejercicio financiero.
Que, en virtud de lo dispuesto por el Art.187 de la Constitución Política del Estado, corresponde al Supremo Gobierno subvencionar los gastos ordinarios de la Universidad Boliviana, a fin de coadyuvar el cumplimiento de sus programas, fines y funciones que le faculta nuestro ordenamiento legal.
Que, en merito a los señalados requerimientos corresponde al Supremo Gobierno determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional en favor de la Universidad Boliviana, con sujeción al detalle de Ingresos y Egresos elaborado por la Dirección General de Prepuesto del Ministerio de Finanzas, en la forma prevista por el Art.28 del D.L. Nº 16155 de 1° de febrero de 1979.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Educación y Cultura para la Universidad Boliviana, con cargo fondos del Tesoro Nacional, por la suma de CIEN MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.100.000.000), para su vigencia en la presente gestión, de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE EDUCACION CULTURA
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1979
---|---|---
I | NACIONALES | 100.000.000.-
1.- | Tesoro Nacional | 100.000.000.- ____________
T o t a l : | 100.000.000.- ____________
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1979
---|---|---
700 | TRANSFERENCIAS | 100.000.000.-
720 | Al sector Público | 100.000.000.-
722 | Transferencias Corrientes por Subsidios o Subvenciones | 100.000.000.-
Administración Descentralizada
2.- Instituciones Públicas
Universidad Boliviana (comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana ) | 100.000.000.- ____________
Total: | 100.000.000.- ____________
ARTÍCULO 3.- La distribución de los anteriores fondos a nivel de Universidades la efectuará el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana, de acuerdo a las necesidades de cada una de las Superiores Casas de Estudio, en virtud de las atribuciones conferidas por el Art. 185 de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 4.- Con la asignación de recursos prevenientes del Tesoro General de la Nación contempladas en el Artículo Primero del presente Decreto Supremo, la Universidad Boliviana ajustará su Presupuesto General hasta el cierre de la gestión fiscal vigente sin lugar a ningún tipo de subvención hasta el 31 de diciembre de 1979.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.