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Decreto Supremo16456 Vigente

Decreto Supremo N° 16456

Presidencia del Estado Plurinacional
9 de mayo de 1979

09 DE MAYO DE 1979 .- Autorízase al Banco Central conceder un crédito hasta $b.— 200.000.000.— a la H. Alcaldía Mpl. de La Paz, con cargo al Programa Monetario del presente año, para respaldar su plan de Inversiones de la gestión 1979 para atender diversas obras comunales.

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47 años

DECRETO SUPREMO Nº 16456

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA

MILITAR DE GOBIERNO

CONSIDERANDO:

Que, el Programa Monetario del Banco Central de Bolivia, correspondiente a la gestión 1979, asigna a la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz un crédito de $b. 200.000.000.- (DOSCIENTOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS), con destino a financiar el plan de inversiones de infraestructura urbana de la ciudad de La Paz;

Que, consiguientemente, corresponde al Supremo Gobierno autorizar expresamente al Banco Central de Bolivia la concesión del referido crédito bajo términos y condiciones que deben ser acordados entre esa entidad bancaria y la Comuna Paceña.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1

Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder un crédito hasta la suma de $b. 200.000.000.- (DOSCIENTOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS) a la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, con cargo al Programa Monetario del presente año, con destino a respaldar su plan de Inversiones de la gestión 1979 para atender la ejecución de diversas obras comunales.

Artículo 2

Autorízase al Banco Central de Bolivia entregar a la H. Municipalidad de La Paz, con cargo a este crédito el importe de $b. 60.000.000. (SESENTA MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS), en forma inmediata como una primera partida destinada a solventar sus gastos de inversiones.

Artículo 3

Los términos y condiciones para el financiamiento global de este crédito, serán acordados entre el Banco Central de Bolivia y la H. Alcaldía Municipal de La Paz.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia, Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

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