17 DE MAYO DE 1979 .- Apruébase la tramitación efectuada por ENDE e INDEF con las firmas Morrison Knudsen do Brasil y ALCAN Aluminium do Brasil para provisión y montaje de torres de transmisión y conductor de aluminio hasta $us. 609.815.06 y $us. 268.876.44 respectivamente para electrificación Yungas.
DECRETO SUPREMO N° 16486
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno ha encomendado a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. ENDE, la ejecución del Plan Nacional de Electrificación y que dentro de este Plan se encuentra contemplada la electrificación rural del país.
Que, por resolución Nº 70076 del Comité Nacional de Proyectos de fecha 27 de abril 1979, se resuelve dar la prioridad necesaria a los trámites para obtener crédito de proveedores para el tendido de la línea de La Paz - Yungas, imprescindible para dotar de energía eléctrica a las provincias de Nor y Sud Yungas.
Que, se han concretado las negociaciones, a través del Instituto Nacional de Financiamiento (INDEF), habiéndose obteniendo el crédito por intermedio del Banco do Brasil y su cartera de Comercio Exterior (CACEX).
Que, es de urgente necesidad para ENDE implementar la instalación y dotación de energía para estas provincias paceñas, debiendo para este fin adquirir los materiales necesarios dentro de la línea de crédito otorgada por las firma Morrison-Knudsen do Brasil y ALCAN Aluminium do Brasil, por intermedio de CACEX, para lograr además la sustitución de energía térmica por energía hidro- eléctrica a fin de lograr ahorro de combustible.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la tramitación efectuada por la Empresa Nacional de Electricidad y el Instituto Nacional de Financiamiento, con las firmas Morrison-Knudsen do Brasil y ALCAN Aluminium do Brasil para la provisión y montaje de torres de transmisión y conductor de aluminio provenientes del Brasil, conforme a las siguiente condiciones básicas :
Morrison – Knudsen
Monto financiado: Hasta US$ 609.815.06
Plazo: 7 años 6 meses
Amortización: 15 cuotas semestrales iguales y
consecutivas después de 360 días de
embarque.
Tasa de Interés: 7.5% sobre saldos deudores neto.
Garantía: Aval de Banco Central de Bolivia
ALCAN Aluminium
Monto financiado: Hasta SU$ 268.876.44
Plazo: Cuatro años
Amortización: 8 cuotas semestrales e iguales y consecutivas después de 180 días del a
fecha de embarque.
Tasa de interés: 7.5% sobre saldos deudores neto.
Garantía: Aval de Banco Central de Bolivia
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder el aval respectivo mediante otorgamiento de la Carta de Garantía requerida por los contratos referidos en el Artículo anterior.
ARTÍCULO 3.- El Banco Central de Bolivia en su condición de avalista estipulará con ENDE los términos, condiciones, comisiones y garantías del aval bancario a otorgarse, en las mismas condiciones de operaciones anteriores con ENDE, dado el carácter de la empresa de servicio público.
ARTÍCULO 4.- Autorízase al Gerente General de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. ENDE, a suscribir los respectivos contratos con los proveedores y el Banco Central de Bolivia.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.) GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Hugo Céspedes Espinoza, Javier Alcoreza Melgarejo, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellman Forteza, Félix Villarroel Terán, Raúl López Laytón, Gary Prado Salmón, Simón Sejas Tordoya, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Mario Candia Navarro, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.