30 DE MAYO DE 1979 .- Autorízase a la Prefectura de Potosí efectuar la venta de 6 Has de terreno del lote de 300.000 m2 en "Las Lecherías" Potosí, en favor de Min. Trabajo por $b. 60.000.
DECRETO SUPREMO Nº 16520
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, dentro de la política social que se ha trazado el Supremo Gobierno, se tienen obras programadas por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral en favor de la clase laboral del país, encontrándose entre estas la construcción de un Complejo Deportivo laboral, en la ciudad de Potosí.
Que, a este fin la Prefectura del Departamento de Potosí está en condiciones de transferir en venta al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, parte de los terrenos que posee en la región denominada “Las Lecherías” de la ciudad de Potosí, cuyo valor fue oportunamente cancelado;
Que, la trasferencia de bienes públicos, aún tratándose de ventas en favor de las entidades de la administración pública, es procedente previa la autorización legal correspondiente, por lo que,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de Potosí efectuar la venta de 6 Hectáreas de terreno del lote 300.000 metros cuadrados que tienen en propiedad, ubicados en la región de “Las Lecherías” de la ciudad de Potosí, en favor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
ARTÍCULO 2.- El precio de SESENTA MIL PESOS BOLIVIANOS ($b. 60.000.-) acordado entre las entidades contratantes fue cancelado con imputación al Presupuesto de Contribuciones del 0.30 Pro-Sedes Sociales, Campos Deportivos y Asistencia Laboral, administrado por la Dirección Nacional de Fiscalización de Fondos y Patrimonios Sindicales, dependiente del nombrado Ministerio, por lo que deberá suscribirse la escritura respectiva.
ARTÍCULO 3.- La suscripción de los documentos de transferencia se hará con intervención del Contralor Departamental y Fiscal del Distrito de Potosí, debiendo registrarse el derecho propietario en la repartición correspondiente a nombre del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.) GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Hugo Céspedes Espinoza, Javier Alcoreza Melgarejo, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellman Forteza, Félix Villarroel Terán, Raúl López Leytón, Gary Prado Salmón, Simón Sejas Tordoya, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Mario Candia Navarro, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echeverría.