06 DE JUNIO DE 1979 .- Autorízase al señor Embajador de Bolivia en la República Federal de Alemania, a suscribir a nombre del Gobierno de Bolivia el Contrato de Préstamo con el Fondo Especial para el Desarrollo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), por $us. 5.000.000.— para completar el financiamiento de ejecución de los proyectos de Agua Potable en La Paz y Alcantarillado en Cochabamba.
DECRETO SUPREMO Nº 16537
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 16487 de fecha 17 de mayo de 1979, el Gobierno de la H. Junta Militar ha aprobado las operaciones de financiamiento con el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto que asciende a TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS- (32.600.000), y un financiamiento complementario del Fondo Especial para el Desarrollo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), por un monto de CINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us.- 5.000.000) ambos créditos con destino a cooperar en la ejecución de un Programa de Agua Potable de La Paz y Alcantarillado Sanitario en la ciudad de Cochabamba;
Que, habiéndose suscrito el señor Ministro de Finanzas el Convenio de Préstamo con el BID en fecha 26 de mayo de 1979 por $us. 32.600.000 quedó pendiente de suscripción el contrato con la OPEP por $us. 5.000.000, siendo necesaria la autorización al señor Embajador de Bolivia en Bonn para suscribir dicho Convenio de Préstamo;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al señor Embajador de Bolivia en la República Federal de Alemania, a suscribir a nombre del Gobierno de Bolivia el Contrato de Préstamo con el Fondo Especial para el Desarrollo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), por la suma de $us. 5.000.000.- para complementar el financiamiento destinado a la ejecución de los proyectos de Agua Potable de la ciudad de La Paz y Alcantarillado en la ciudad de Cochabamba.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.)GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.