06 DE JUNIO DE 1979 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de Min. Minería con cargo a fondos del Tesoro Ncl. por $b. 100.000.— para su vigencia en la presente gestión.
DECRETO SUPREMO Nº 16548
GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.L. N° 16155 de 1º de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto de Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país
Que, la suma aprobada para el Ministerio de Minería y Metalurgía por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permitirá solventar las obligaciones contraídas con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional.
Que, el Ministerio de Minería y Metalurgia, como emergencia de haber cursado invitación a la delegación del Gobierno de Malasia, representada por el señor Ministro de Minería e Industrias Primarias, que deben constituirse en este país, con el objeto de sostener conversaciones para concertar un plan de acción en forma conjunta ante el Consejo Internacional del Estaño, aspectos que demandará un desembolso de fondos, que no se encuentran previstos en el actual Presupuesto de gestión.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por le referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgia a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979, con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional por la suma de CIEN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.-100.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
CAPITULO 1: FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01: DIRECCION DE ADMINISTRACION
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1979
---|---|---
I | NACIONALES | 100.000.- ________
1.- | Tesoro Nacional | 100.000.- ________
T o t a l : | 100.000.- ________
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1979
---|---|---
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 70.000.- ________
230 | Alquileres | 22.000.- ________
231 | Edificios y Terrenos | 15.000.-
232 | Equipos y Maquinarias | 7.000.-
260 | Otros Servicios No Personales | 48.000.- ________
262 | Asignaciones Globales | 48.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 30.000.-
320 | Para Usos Varios | 30.000.-
323 | Alimentos | 30.000.- _________
T o t a l: | 100.000.- _________
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.