13 DE JUNIO DE 1979 .- Autorízase al Rameo del Estado a ampliar el aval en favor de la Cía, Hotelera Ncl. por $us. 5.200.000.— hasta $us. 7.950.000.—.
DECRETO SUPREMO N°16563
Gral. Div. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DEL GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 15764 de 21 de agosto de 1978 se autorizó al Banco del Estado otorgar una garantía en favor de HOTELERA NACIONAL S.A., por la suma de $us. 5.200.000 correspondiendo a un préstamo del Libra Bank Limited de Inglaterra y del Royal Bank of Canada;
Que, como consecuencia de la inflación derivada de la crísis mundial y del reajuste del proyecto, el mencionado financiamiento obtenido del Libra Bank Limited de Londres Inglaterra y del Royal Bank of Canadá, deberá ser incrementado hasta la suma de $us. 7.950.000, por dichas entidades bancarias u otras fuentes;
Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 10600 del 24 de noviembre de 1972 el aval que otroga el Banco del Estado compromete la fé del Estado, debiendo en consecuencia autorizarse la conceción de la ampliación de dicho aval a fin de asegurar la terminación del Hotel Plaza;
Que, el Instituto Nacional de Financiamiento y el Concejo Nacional de Economía y Planeamiento han aprobado la referida ampliación del aval;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco del Estado, a ampliar el aval concedido en favor de la compañía Hotelera Nacional por $us 5.200.000 hasta la suma de $us 7.950.000.
ARTÍCULO 2.- En consecuencia se mantiene el aval ya concedido en favor de Libra Bank Limited de Londres, Inglaterra, y del Royal Bank of Canadá otorgado mediante contrato de fecha 29 de septiembre de 1978 por la suma de $us. 5.200.000.-
ARTÍCULO 3.- La Compañía Hotelera Nacional S.A. podrá negociar con los mismos u otros Bancos un crédito adicional por la suma de $us. 2.750.000 usando la ampliación del aval concedido mediante el presente Decreto. Alternativamente, podrá negociar con otro u otros Bancos la obtención de un crédito por la suma total de $us. 7.950.000 que sirve para cancelar el crédito de $us. 5.200.000 mencionado en el Artículo 2° del presente Decreto y utilizar el saldo de $us.- 2.750.000.- para la terminación del Hotel Plaza.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los trece días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Ribera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarría.