13 DE JUNIO DE 1979 .- Modificase el Art. 3° del D.S. Nº 15780 de 11—IX—78, en sentido de permitirse la importación de 50.000 manzanos provenientes de Fraiburgo. Santa Catarina, Brasil para el fomento frutícula del Valle Alto de Cochabamba.
DECRETO SUPREMO N° 16584
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 15780 de 11 de septiembre de 1978, atendiendo a la necesidad de adoptar medidas de seguridad en defensa de la agricultura nacional, prohibe la importación de plantas de café y otras de territorio brasileño;
Que el Convenio Técnico Suizo (COTESU) en su programa de fomento frutícola del Valle Alto de Cochabamba tiene previsto importar vía aérea 50.000 plantas de manzano del Estado de Santa Catarina, Brasil;
Que no existe riesgo de transmisión de la enfermedad de la “Roya del Cafeto”, en manzanos, provenientes de un Estado donde no hay cafetales, máxima si aquellos serán debidamente desinfectados antes de su embarque.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modifícase el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 15780 de 11 de septiembre de 1978, en sentido de permitirse la importación de 50.000 manzanos provenientes de Fraiburgo, Santa Catarina, Brasil, con destino al fomento frutícola del Valle Alto de Cochabamba.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las medidas de control cuarentario y otras de orden fitosanitario serán ejecutadas por el Servicio de Sanidad Vegetal de acuerdo a las disposiciones que rigen la materia, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 10283 de 30 de mayo de 1972.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quendan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarria.